Cuatro aristócratas niegan en Estrasburgo el carácter "simbólico" de la nobleza alegado por el Gobierno
Pilar de la Cierva Ossorio de Moscoso, María de la Consolación Fernández de Córdova, María Luisa Teresa Roca y Fernández-Miranda y Carmen O"Neill Castrillo, las cuatro mujeres que han demandado a España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo, en defensa de su derecho a no ser discriminadas, por ser mujeres, en la sucesión nobiliaria, han alegado el uso comercial de los títulos, en respuesta al argumento del Gobierno español de que son meros "símbolos históricos".Javier Borrego, abogado del Estado jefe, a requerimiento del Tribunal de Estrasburgo, ha realizado diversas observaciones en contra de la demanda. Entre ellas, y en línea con la doctrina del Tribunal Constitucional que avaló la histórica preferencia del varón, el defensor de España ha asegurado: "Como no tienen ningún contenido material, los títulos son aceptados como institución histórica que hoy es un mero símbolo y, por tanto, con las reglas históricas de su sucesión vincular, entre ellas, la regla de la preferencia del varón".
Las demandantes, en un escrito presentado ante Estrasburgo y elaborado por el letrado Ramón Pelayo, acusan a Borrego de "temeridad y mala fe" por "negar la evidencia" de "la explotación comercial que se hace de estos títulos nobiliarios, especialmente en el sector de vinos y licores". Ponen como ejemplo marcas como las de Marqués de Cáceres, Gran Duque de Alba o Conde de los Andes.
Y aportan documentos que acreditan que el heredero del título de marqués de Duero cedió a una bodega de vinos de la Ribera del Duero denominada La Cepa Alta, SL, la licencia para utilizar el título de Marqués de Duero "a cambio, ni más ni menos", enfatizan, "de la copropiedad de las bodegas", así como que el vizconde de Barrantes autorizó a José Basilio Castro Pintos la utilización de ese título con finalidad de explotación comercial para vinos "a cambio de una contraprestación económica".
En respuesta al pretendido carácter meramente histórico de los títulos nobiliarios, que justificaría la preferencia del varón, las demandantes alegan la reciente concesión de títulos, por sus méritos durante la transición democrática, a personas como Adolfo Suárez o Torcuato Fernández-Miranda.
Y sobre el dato de que en España, con 40 millones de habitantes, sólo 2.097 ostentan títulos nobiliarios, y unas 15.000 en toda Europa, frente a 900 millones de europeos, las cuatro mujeres contestan que tal "argumento estadístico del abogado del Estado se cae por su base", ya que sería tanto como admitir que sería permisible en la Europa de finales del siglo XX "una esclavitud con incidencia cuantitativa escasa".
Las demandantes rebaten también el tradicional principio histórico de la "imbecillitas mulierum" o "mejor sangre del varón" que, tras establecer la Constitución de 1978 la igualdad de sexos, fue modificado por el Tribunal Supremo, hasta que en noviembre de 1997 el Constitucional regresó a él. Por ello las cuatro aristócratas acudieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
El escrito elaborado por el letrado Ramón Pelayo pone de manifiesto que la abogacía del Estado, obligada legalmente a unificar su doctrina, defendió ante el Tribunal Constitucional la igualdad de hombres y mujeres en la sucesión nobiliaria, mientras que ahora, en respuesta a la demanda de las mujeres que fueron desplazadas por sus hermanos menores varones en el acceso al título de nobleza, argumenta profusamente en defensa del principio histórico de preferencia del varón.
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