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El Ayuntamiento será juzgado por el naufragio en el lago de Banyoles

El fallo revoca la exculpación del concejal Josep Alsina acordada por la Audiencia de Girona

El ex concejal del Ayuntamiento de Banyoles, Josep Alsina, responsable de Medio Ambiente el 8 de octubre de 1998, fecha en la que 21 jubilados franceses perecieron en un dramático naufragio en el lago, deberá sentarse en el banquillo de los acusados junto a los dos propietarios de la embarcación. El Tribunal Supremo ha revocado la decisión de exculparle que a finales de mayo tomó la Audiencia de Girona. La fiscalía y los familiares de las víctimas habían recurrido contra la exculpación del edil, que dejaba fuera del proceso a todas las administraciones presuntamente implicadas en un siniestro que evidenció un gran vacío legal. A pesar de que el actual alcalde del municipio, Pere Bosch, se muestra dispuesto a recurrir al Tribunal Constitucional, fuentes jurídicas consideran poco probable un nuevo giro en el proceso.

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La sentencia del Tribunal Supremo acepta el recurso de la fiscalía y establece que la Audiencia de Girona se excedió en las argumentaciones que sustentaron la exculpación de Josep Alsina, que estaba imputado en la causa desde las primeras diligencias judiciales llevadas a cabo por el juzgado número 7 de Girona.

El alto tribunal mantiene que la Audiencia, sin tener acceso a todas las diligencias, determinó la presunta causa del naufragio e invadió así un ámbito de decisión que corresponde al tribunal que en su día deberá juzgar el caso.

El auto judicial de la Audiencia, del que fue magistrado ponente Hernán Hormazábal, mantenía que las graves deficiencias estructurales ocasionadas por los propietarios en el casco de la embarcación naufragada y la posterior imprudencia de sobrecargarla con 141 pasajeros cuando su capacidad era de 80, eximían al edil de responsabilidad por el delito de omisión.

En el auto dictado por la Audiencia de Girona se mantenía también que la imputación de Josep Alsina podría llevar a pensar que su presunta implicación en los hechos se había decidido por su condición de concejal, 'y no por su efectiva responsabilidad penal, que sólo puede surgir a partir de la comisión de un hecho punible'.

El propio presidente de la Audiencia de Girona, Fernando Lacaba, reconoció ayer el 'error' de la sala penal de la Audiencia al establecer la causa del accidente en un momento del procedimiento -al responder al recurso de la defensa del edil- que no era el adecuado. Lacaba aventuró que una eventual apelación al Tribunal Constitucional tiene pocas probabilidades de prosperar.

Batalla desigual

El alcalde Pere Bosch aseguraba ayer que el empeño municipal en lograr que sea la Administración del Estado y no el Ayuntamiento la que asuma sus responsabilidades constituye una batalla desigual: 'Estamos luchando contra un gigante. El Estado no quiere asumir sus competencias'. El edil republicano calificó de 'terriblemente injusta' la imputación de Alsina. 'Creemos que estamos avalados por la Constitución, que es la máxima legislación del Estado, en nuestro empeño por demostrar que el Ayuntamiento no tiene competencias en materia de navegación', manifestó Bosch.

La imputación del ex concejal de Medio Ambiente de Banyoles en la causa judicial abierta a causa del naufragio se sustenta en el reglamento de actividades del lago, que estaba bajo su jurisdicción. El consistorio, no obstante, mantiene que las actividades a las que aludía este documento se centraban únicamente en la preservación del entorno y excluían la seguridad en la navegación marítima, cuyas competencias atribuye a la Capitanía Marítima, dependiente del Ministerio de Fomento.

La nueva imputación de Josep Alsina es el segundo revés que, en poco tiempo, recibe el consistorio de Banyoles en la batalla judicial que lleva a cabo para eludir responsabilidades en el naufragio y evitar un posible pago de indemnizaciones millonarias a los supervivientes y a las familias de las víctimas.

Hace unas semanas, la Audiencia Nacional dictó una sentencia en la que rechazaba que las aguas del lago fueran de jurisdicción estatal, como reclama el consistorio. La sentencia de la Audiencia Nacional fue tildada de 'ambigua' por el letrado municipal, puesto que atribuía a la Administración autonómica la responsabilidad de la navegación en lagos y pantanos.

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