Anulado el plan general que autorizaba la ciudad bancaria del SCH en Boadilla
El Tribunal Superior cree que el alcalde, del PP, ocultó documentos a la oposición
El Tribunal Superior de Justicia ha anulado el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte del 27 de julio de 2001, que aprobó su Plan General de Ordenación Urbana. Dicho plan daba luz verde, entre otras cosas, a la construcción de un campus financiero del SCH en el municipio. Los jueces han dado la razón al PSOE, que recurrió aquel pleno porque el alcalde, Arturo González Panero, ocultó documentos esenciales antes de votar. Los socialistas consideran que la sentencia suspende todas las licencias concedidas de acuerdo con ese plan, incluida la del campus financiero. Pero el alcalde, del PP, replica que recurrirá y que, mientras, "todo seguirá como hasta ahora".
La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el pasado día 5, llega año y medio después de que los ediles socialistas de Boadilla presentaran un recurso contra el nuevo plan general, cuya aprobación ha tenido una trayectoria muy accidentada.
Después de trabajar durante años con las normas urbanísticas de finales de los setenta, el Ayuntamiento de Boadilla, localidad de 20.000 habitantes gobernada por una coalición de PP e independientes, se decidió a elaborar un nuevo plan general -la norma que rige el urbanismo de todo municipio- en 1999. Pero el trámite quedó paralizado al darse cuenta la Comunidad de que el gobierno municipal pretendía aprobar la normativa sin integrar en ella la recalificación de 280 hectáreas de suelo (10 veces el casco urbano) donde el banco Santander Central Hispano (SCH) quería ubicar sus oficinas y un gigantesco campus de ocio.
La Consejería de Urbanismo consideró que una recalificación de esas dimensiones exigía la revisión completa del plan general, y devolvió el texto al Ayuntamiento. Éste tuvo que rehacer la normativa, que fue aprobada, con los votos del PP y Eficacia Independiente, en el pleno municipal de julio de 2001. Posteriormente, el Gobierno regional dio el definitivo visto bueno al plan, en noviembre de aquel año, y el Boletín Oficial de la Comunidad lo publicó en febrero de 2002.
Labor de control
Ese pleno de julio de 2001 es el que ahora ha anulado el TSJM. ¿Por qué? "Por vulneración del artículo 23 de la Constitución", que establece "el derecho a participar en asuntos públicos [...] en condiciones de igualdad". No hubo igualdad porque, según denunciaron los concejales del PSOE y ratifican los jueces, el alcalde de Boadilla, Arturo González Panero, del PP, negó a los socialistas la documentación solicitada -referente al ámbito urbanístico El Pastel- antes de proceder a la votación. "Se les privó de ejercer su labor de control y fiscalización de la actividad municipal", concluye la sentencia.
El PSOE considera que este fallo invalida todo lo realizado en Boadilla, desde el punto de vista urbanístico, desde julio de 2001. Incluida la ciudad financiera del SCH, ya en construcción. El alcalde lo niega. Por boca de un portavoz municipal, González Panero afirmó ayer que el Ayuntamiento recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, y que hasta que éste se pronuncie "todo sigue como hasta ahora". "Esta sentencia no paraliza nada porque no es firme. Y, aunque finalmente lo fuera, sólo habría que convocar otro pleno, entregarle al PSOE los documentos que pide, y problema resuelto", agregó el portavoz. Los socialistas sostienen, por el contrario, que una sentencia firme obligaría a reiniciar los trámites del plan general de urbanismo desde el principio. El SCH, por su parte, continuará con las obras mientras no haya fallo del Supremo. "El proyecto sigue adelante", señaló un portavoz del banco.
Fuentes judiciales expertas en Derecho Administrativo explicaron a EL PAÍS que, al no ser aún firme la sentencia, sus efectos quedan en suspenso hasta que el Tribunal Supremo ratifique o no su contenido. Mientras eso sucede, el Tribunal Superior puede dictaminar -o no - la ejecución provisional de su propia sentencia, siempre que los demandantes lo reclamen (el PSOE anunció ayer que lo hará). Sólo en ese caso el Ayuntamiento quedaría imposibilitado para otorgar nuevas licencias de acuerdo con el planeamiento urbanístico ahora anulado. "En estos casos, y dado que se trata de defectos formales, lo normal es que el Tribunal Superior espere a que el Supremo se pronuncie. Además, esto no quiere decir que el contenido del plan sea nulo: el Ayuntamiento puede subsanar los defectos advertidos y volver a aprobarlo", indicaron estas fuentes.
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