Un tribunal anula las asignaciones fijas de Algete a los grupos políticos
La Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia en la que anula un acuerdo del Ayuntamiento de Algete, adoptado en los presupuestos municipales de 1996, que aprueba una asignación económica fija a los distintos grupos políticos municipales de la localidad.
Según el fallo, los grupos municipales "pueden disponer, en la medida de las posibilidades, de un despacho o local en la sede de la entidad local, y también, en la medida de las posibilidades, de una infraestructura mínima de medios personales y materiales, pero no de una cobertura [económica] fija" como la acordada por el Ayuntamiento de Algete.
Esta sentencia es fruto de un recurso que interpuso Nicolás Piñeiro, del Partido Regionalista Independiente Madrileño (PRIM), contra los artículos 41 y 42 de los presupuestos generales, de ingresos y gastos, de Algete relativos a 1996. Piñeiro pidió al tribunal que anulase ambos artículos, en los que se recogían esas asignaciones fijas a los grupos municipales, por considerar que esta práctica carece de cobertura legal. También pedía Piñeiro que los grupos devolviesen el dinero obtenido mediante estas asignaciones fijas.
Sin norma
El tribunal entiende que legalmente no existe una norma que ampare el establecer asignaciones o subvenciones fijas a los grupos en función del número de ediles que obtengan. No obstante, los jueces rechazan la petición de Piñeiro y entienden que no procede obligar ahora a los distintos grupos a devolver lo obtenido; "y ello", explican los jueces, "por no ser objeto de la resolución recurrida" (el acuerdo municipal que aprobó ambos artículos), "y sin perjuicio de que el Ayuntamiento, en ejecución de sentencia, dicte las resoluciones oportunas, que serían objeto de impugnación, en su caso, y de forma separada".
Piñeiro cree que por esta vía el Ayuntamiento de Algete ha desembolsado unos 240.000 euros en los últimos años a los grupos del PSOE, PP e IU.
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