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CONSEJO EUROPEO EN BRUSELAS

La 'directiva Bolkestein', un proyecto bajo sospecha

Gabriela Cañas

La Comisión Europea de Romano Prodi aprobó el proyecto de Directiva de Servicios en enero de 2004 por unanimidad, es decir, con los votos de los entonces dos comisarios franceses: Michel Barnier (Política Regional, ahora ministro de Exteriores) y Pascal Lamy (Comercio, del Partido Socialista francés). Su aprobación pasó casi inadvertida, dado el elevado nivel técnico de una norma repleta de referencias a otras directivas, cuya meta vaga y general es la de facilitar la prestación de servicios en otro país de la UE distinto al propio.

Como ha recordado el actual presidente de la Comisión, José Manuel Durão Barroso, ni un solo país de la UE cuestiona el objetivo último del proyecto, que consiste en derribar las fronteras también para los servicios (construcción, comercio minorista, agencias de viajes...) en el seno de la UE, para facilitar la prestación transfronteriza de esos servicios y dinamizar así la economía, potenciando las oportunidades que ofrece el mercado interior y generando empleo. Algunos estudios señalan que la directiva crearía 600.000 empleos.

El proyecto del ex comisario de Mercado Interior holandés Frits Bolkestein se elaboró tras analizar las conclusiones de un grupo de expertos. Éstos concluyeron que el empresario emprendedor que pretenda salirse de sus fronteras encuentra miles de obstáculos: burocracia, maraña de autorizaciones, largos plazos, regulaciones nacionales y regionales del país de acogida... Derribar esas barreras disuasorias es lo que pretende la norma, proponiendo ventanillas únicas electrónicas para recabar información antes de lanzarse a la aventura y reduciendo todas las trabas, las cargas y los plazos.

Normativa laboral

El problema radica en el principio de país de origen que establece el proyecto. Éste indica que en una empresa que presta en otro país de la UE sus servicios deben prevalecer las disposiciones propias del país del que procede. Eso incluye estándares de calidad del servicio prestado, pero también convenios colectivos y normativa laboral.

Comunistas y antiglobalizadores fueron los primeros en dar la voz de alarma sobre el dumping social que producirá en una Europa en la que los costes laborales y sociales de los países del Este son mucho menores. El principio de origen, sin embargo, sólo sería aplicable a los trabajadores desplazados, que es el régimen de hoy en día más habitual. El español que acude en comisión de servicios a Londres o a Bratislava sigue sujeto a las regulaciones de España. El proyecto estipula que la misma norma impera para ciudadanos de terceros países contratados por la empresa que ofrece sus servicios.

La izquierda europea, así como los sindicatos, señala el peligro de dumping social cuando la empresa proceda de un país en el que el salario y la protección social son más reducidos. Para este caso, una directiva anterior prevé que en ningún caso el trabajador desplazado podrá percibir menos del salario mínimo del país de acogida.

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Sobre la firma

Gabriela Cañas
Llegó a EL PAIS en 1981 y ha sido jefa de Madrid y Sociedad y corresponsal en Bruselas y París. Ha presidido la Agencia EFE entre 2020 y 2023. El periodismo y la igualdad son sus prioridades.

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