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Absueltos los imputados por la peste porcina que obligó a sacrificar 80.000 animales

El caso judicial derivado del brote de peste porcina clásica que en la primavera de 2001 obligó a sacrificar más de 80.000 cerdos en diferentes zonas de Lleida ha quedado totalmente impune. El Juzgado de lo Penal número 1 de Lleida ha absuelto por falta de pruebas a Josep Golano Fornells y Joan Francesc Mayol Font, gerente y veterinario de Piensos Yak, de Agramunt, y Josep Miquel Gatnau Casañé y Ramon Grau Calvet, gerente y veterinario de Piensos Gatnau, de Mollerussa, que habían sido acusados de un delito de daños doloso y, alternativamente, de un delito de daños por imprudencia grave.

En la vista oral celebrada hace dos meses, el fiscal había solicitado para cada uno de los acusados la pena de un año y medio de prisión, el mismo tiempo de inhabilitación profesional y una multa de 144.000 euros.

Cinco años de investigaciones, más de 13.000 folios de sumario y una semana de juicio no han servido para determinar el origen de la peste ni la relación que pudieron tener en la propagación del virus los camiones utilizados para el transporte de los animales.

Eximidos de indemnización

Inicialmente se culpó a los acusados de haber ocultado la existencia de la peste en sus explotaciones y de no comunicarlo a las autoridades como era su obligación, pero al no existir responsabilidad penal de los acusados, Piensos Gatnau y Piensos Yak también quedan eximidos de hacer frente subsidiariamente a la indemnización de 7,4 millones de euros reclamada por las administraciones.

La sentencia, hecha pública ayer, señala que tanto los gerentes como los veterinarios de las dos empresas acusadas de expandir el virus actuaron correctamente en el tratamiento de los animales enfermos. Asimismo, considera probado que los síntomas de la peste de 2001 fueron diferentes a los del brote de 1997 y fácilmente confundibles con los de otras enfermedades habituales en la cabaña porcina, entre ellas la conocida como circovirus, que en esa época causó una elevada mortandad de animales en muchas granjas.

El juez cuestiona la actuación de la Generalitat al presentar una denuncia contra los responsables de las dos empresas por un delito de daños intencionados o por imprudencia. "El Código Penal", señala, "restringe el acceso a la vía penal solamente al directamente ofendido por la infracción típica y no a los medianamente perjudicados colaterales por resultados atípicos", afirma.

Francesc Sapena, abogado de Piensos Gatnau, manifestó que este fallo absolutorio demuestra que la justicia "puede ser independiente a pesar de que la Administración había presentado mediáticamente a unos presuntos culpables contra los que no tenían pruebas para tapar sus propios fallos e incompetencias". Sapena añadió que, una vez sea firme la sentencia, sus clientes reclamarán a las administraciones por daños y perjuicios.

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