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El Estado sólo pagará por los daños de vientos superiores a 135 km/hora

Dos aseguradoras ya tienen casi 10.000 expedientes en Cataluña por el temporal

La factura de la mayor parte de daños producidos por el temporal del pasado fin de semana, cuyo montante se está calculando aún, correrá a cargo de las aseguradoras privadas, siempre que los afectados tengan contratada una póliza que prevea una cobertura mínima. El Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y que en parte se financia con una cuota incluida en lo que pagan todos los asegurados a su compañía privada, únicamente asumirá los perjuicios ocasionados por los vientos con una fuerza superior a los 135 kilómetros por hora, que se considera una "tempestad ciclónica atípica", según prevé el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios.

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Balance de daños, pero no de costes

Ese requisito deja fuera, en principio, a toda la zona afectada en el Baix Llobregat, sobre la base de los datos de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), en los que se basa el consorcio público para decidir caso por caso qué siniestros son consorciables y cómo y quién paga por ellos.

Los datos de la catalana Meteocat correspondientes al pasado sábado únicamente arrojan rachas superiores a los 135 km/h en Portbou (Alt Empordà), Núria (Ripollès), Salòria (Pallars Sobirà), el Perelló (Baix Ebre), Font-rubí (Alt Penedès) y Òdena (Anoia).

Miles de ciudadanos se han dirigido en las últimas horas a las compañías aseguradoras para recabar información. Por ejemplo, Zurich tiene registrados 2.500 expedientes en Cataluña, de los 5.000 en toda España, y estima que duplicará la cifra en los próximos días. Axa Winterthur tenía hasta anoche otros 3.500 en la comunidad catalana, de los 10.000 en todo el país. Pero eso no significa que vayan a hacerse cargo de los daños, sino que atienden las llamadas y se encargan, eso sí, de reparar los daños más urgentes, debido a que transcurre un tiempo hasta que actúa el consorcio. Y, al margen de lo que pueda haber decidido el perito de la aseguradora privada, el consorcio sólo se basa en lo que haya decidido uno de sus propios peritos.

Por debajo de los 135 km/hora, cada compañía tiene sus reglas. Por ejemplo, en el caso de Axa, su responsable de siniestros, Marián de José, explica que en el caso de los daños sufridos por hogares y comercios sólo se cubren si el viento sopla a más de 84 km/h, pero en el caso de las pólizas de comunidades de vecinos, que cubren zonas comunes, este límite se eleva a los 96 km/h. Félix Tarradellas, director de Siniestros de Zurich España, corrobora que, en general, las compañías de su ramo suelen hacerse cargo de los daños cuando las ráfagas de viento van de 75 km/h a 135 km/h, según la cobertura "de fenómenos atmosféricos", como el viento, que puede o no formar parte de los paquetes de cobertura básicos ofrecen las distintas compañías. Según el consorcio, la mayoría de seguros suscritos voluntariamente incluyen esos daños. Fuentes del sector aseguraron que existe "colaboración total" entre las empresas y la entidad pública.

La patronal Unespa no disponía ayer de datos sobre el total de siniestros, a la espera de que el consorcio acabe de recoger sus datos y tome decisiones. Vistas las circunstancias excepcionales, quienes hayan sufrido el temporal y no estén cubiertos por un seguro pueden aspirar a ayudas públicas de las distintas administraciones, si éstas así lo deciden.

Dos operarios retiran chapas de uralita del techo de la escuela Ferran y Clua del Valldoreix.
Dos operarios retiran chapas de uralita del techo de la escuela Ferran y Clua del Valldoreix.JORDI MOTA

QUÉ CUBRE EL CONSORCIO

El Real Decreto de 18 de marzo de 2005 regula las siguientes subvenciones públicas en atención a determinadas necesidades por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica:

Por destrucción total de vivienda: 15.120 euros. Por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros.

Daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros. En enseres: 2.580 euros.

Muerte o incapacidad total permanente: 18.000 euros.

Daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 euros. Daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros.

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