El Supremo avala la denuncia anónima para descubrir fraudes en las empresas
El tribunal confirma dos años de prisión a tres trabajadores de una empresa de reciclaje de chatarra y a dos proveedores que acordaron valorar al alza el material que compraba la compañía
El Tribunal Supremo ha validado las denuncias anónimas internas para descubrir fraudes en las empresas. En una sentencia notificada este miércoles, la Sala de lo Penal confirma la condena de dos años de prisión impuesta a tres trabajadores de una empresa dedicada a la adquisición de chatarra y a dos proveedores con los que se pusieron de acuerdo para valorar al alza las cargas que estos llevaban a la compañía. Así consiguieron defraudar casi un millón de euros a la empresa. El caso salió a la luz gracias a una denuncia anónima que llegó al departamento de recursos humanos y ocasionó una investigación interna, una fórmula que el alto tribunal avala por primera vez para detectar delitos en las empresas siempre que luego sean corroborados por la investigación policial y judicial.
La empresa afectada es Arcelormittal(actualmente Magasider Zaragoza), una de las principales del sector en España. El Supremo rechaza los recursos presentados contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, que condenó por un delito de estafa a cinco de los acusados a la pena de dos años de prisión y a nueve meses de prisión a un sexto como cómplice.
Los hechos probados de la sentencia recogen que tres trabajadores de la empresa se pusieron de acuerdo con proveedores para recibir cargas de chatarra mezclada con estériles (materiales de desecho no reciclables en hierro ni acero) en un porcentaje muy superior al habitual en el sector de chatarrería. De esta manera, los trabajadores condenados, encargados de clasificar la chatarra por categorías y de establecer el porcentaje de descuento por los estériles mezclados con la chatarra efectuaban un descuento muy inferior a la cantidad que correspondía realmente, lo que llevaba a su propia empresa a pagar por chatarra convertible desechos que no se podían reciclar.
El tribunal recuerda que el Consejo de Europa ha incluido el canal de denuncias interno (también denominado whistleblowing) en una directiva aprobada el pasado octubre que protege a las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión. El Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, señala que la directiva se justifica en la constatación de que los denunciantes son el cauce más importante para descubrir delitos de fraude cometidos en el seno de organizaciones, pero muchas personas que tienen conocimiento de prácticas delictivas en su empresa optan por no denunciar porque no se sienten suficientemente protegidas contra posibles represalias. Los magistrados no solo respaldan la validez de estas denuncias sino que se muestran a favor de instaurar canales que faciliten estas informaciones sin necesidad de que se identifique el autor de la denuncia.
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