El largo camino hacia el éxito (o no) de la oferta de IFM por Naturgy
El consejo de ministros tiene la última palabra sobre la operación y dispone de seis meses de plazo para decidir una vez recibida la petición
La oferta presentada este martes por el fondo australiano IFM sobre el 22,69% de Naturgy tiene una larga carrera da obstáculos por delante, por más que ofrezca una interesante prima para los accionistas. El principal escollo al que tiene que hacer frente es la suspensión de inversiones extranjeras en empresas españolas esenciales que el Gobierno puso en marcha al principio del primer estado de alarma por la pandemia, el pasado marzo, para proteger corporaciones y sectores estratégicos ante el impacto de la pandemia de coronavirus. La energía es uno de los sectores protegidos, por lo que la inversión de IMF tendrá que contar con el visto bueno del Gobierno, que debe pronunciarse en un plazo de seis meses.
En el decreto de medidas urgentes para hacer frente a la pandemia aprobado el pasado 17 de marzo, apenas tres días después del primer estado de alarma, se estableció la “suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España”. En realidad, se trató de una modificación de la ley que las regula, de modo que se prohibió de forma temporal, mientras durase la pandemia, que una empresa o inversor extranjero se hiciese con más del 10% de una sociedad española de sectores “que afectan al orden público, la seguridad pública y a la salud pública”. Entre estos, se enumeraban infraestructuras críticas (energía, agua, defensa sanidad…), tecnologías críticas (robótica, almacenamiento de energía…), suministro de insumos fundamentales, en particular energía, sectores con acceso a información sensible y medios de comunicación.
En el caso de la oferta sobre Naturgy, es evidente que afecta a una empresa dedicada a la energía, por lo que claramente entra dentro de los supuestos contemplados en el real decreto, según señalan fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. En ese caso, la norma establece que los interesados en hacer esas inversiones tienen que obtener una autorización administrativa, que en última instancia concede el Gobierno. Este tiene un plazo de seis meses para hacerlo. Si pasado ese plazo no ha respondido, se entiende que la operación no se autoriza, según la ley 19/2003 que regula estas inversiones y que se vio modificada por el decreto del 17 de marzo.
Para obtener dicha autorización, la empresa inversora debe comunicar sus intenciones al Ministerio de Industria, en concreto a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, dependiente de la secretaría de Estado de Comercio. Una vez recibida, entra en juego la Junta de Inversiones Exteriores, un órgano colegiado interministerial adscrito a la secretaría de Estado de Comercio, que debe elaborar un informe, según el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril. Ese informe no es vinculante, pero es el que usa la secretaría de Estado de Comercio para elevar la solicitud al Consejo de Ministros, que es quien tiene la última palabra, según el mismo real decreto.
Desde que se recibe la solicitud, se establece un plazo de seis meses para que el Ejecutivo resuelva en un sentido u otro. Si transcurrido ese plazo no ha resuelto, se entenderá denegada la petición y se abre un plazo para recurrir mediante la interposición de un recurso contencioso-administrativo.
Fuentes de Industria han señalado que aún no se ha recibido la petición formal de IFM sobre la operación relativa a Naturgy y, por tanto, es pronto para adelantar nada. Al contrario que el Gobierno francés, que la semana pasada se pronunció de inmediato en contra del intento de compra de Carrefour por parte del grupo canadiense Couche-Tard, el departamento que dirige Reyes Maroto prefiere no pronunciarse en un sentido u otro, señalando que hay que analizar con detalle la operación y a sus protagonistas.
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