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La Fiscalía acusa al consejero delegado de Glovo de “menoscabar y suprimir” los derechos laborales de sus repartidores

Oscar Pierre es acusado de un delito contra los derechos de los trabajadores, castigado con penas de prisión de seis meses a seis años. El ministerio público, que considera “indiscutible” que los ‘riders’ son empleados por cuenta ajena, pide que se tome declaración a Pierre en calidad de investigado

Oscar Pierre, en marzo de 2022 en el Mobile World Congress de Barcelona.
Oscar Pierre, en marzo de 2022 en el Mobile World Congress de Barcelona.Europa Press News (Europa Press via Getty Images)
Emilio Sánchez Hidalgo

El modelo laboral de Glovo, que opera mediante falsos autónomos, “constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena”. Además, considera “indiscutible” que los riders son empleados por cuenta ajena, en vez de propia. Así de contundente se expresa la Fiscalía Provincial de Barcelona en la denuncia que presenta contra Oscar Pierre, consejero delegado y cofundador de la compañía de reparto, a la que ha tenido acceso EL PAÍS. El ministerio público acusa a Pierre de un delito contra los derechos de los trabajadores sobre la base del artículo 311 del Código Penal, que castiga con penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a 12 meses a “los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.

Este punto, el segundo del artículo 311, llegó al Código Penal el 12 de enero de 2023. Fue un paso más del Gobierno para intentar atajar las prácticas de Glovo, la principal empresa en el sector del reparto de comida a domicilio en España. El primero fue la aprobación de la ley rider en 2021, cuyo objetivo es que los repartidores estén protegidos por un contrato de trabajo en lugar de uno mercantil. Pero Glovo ignora esa legislación, a pesar de las millonarias multas impuestas por Inspección y la sentencia del Supremo de 2020 que reconocía la laboralidad de la relación de la empresa y sus repartidores. Ante ese empeño, el Gobierno puso en marcha el pasado verano “la vía penal”, según adelantó a EL PAÍS el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey. “Hemos requerido formalmente a estas empresas que cumplan con la ley para que sean conscientes de que si no lo hacen, ya no es un problema solo de sanciones económicas, sino también un problema de sanciones penales”, dijo en una entrevista con este periódico.

El departamento que dirige Yolanda Díaz elaboró un informe en el que detallaba cientos de casos concretos de empleados que deberían ser asalariados, pero reparten para Glovo como trabajadores por cuenta propia. “Según las actuaciones inspectoras, esta empresa podría vulnerar el Código Penal por no atender los requerimientos que se le han realizado para que reconozca como trabajadores por cuenta ajena a sus repartidores”, decían fuentes del ministerio. La Fiscalía General del Estado recibió el informe en octubre de 2023 y lo trasladó a la Unidad de seguridad y salud en el trabajo “por si los hechos denunciados pudieran ser delito contra los derechos de los trabajadores”. A la vista del informe de ese departamento, la denuncia fue remitida a la Fiscalía Provincial de Barcelona a principios de enero, que empezó su investigación en febrero. La denuncia está fechada el 13 de junio y ha recaído en el Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona. Según ha adelantado El Periódico y ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el juzgado ya ha abierto una investigación.

“Para la realización de los servicios”, expone la Fiscalía de Barcelona, “Glovo utiliza trabajadores a los que exige su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social [el de autónomos], estableciendo con ellos una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales, al no garantizar un salario profesional conforme a la jornada de trabajo realizada, y al poder dejar de ingresar a la Seguridad Social las cantidades correspondientes a las cotizaciones laborales de tales personas”.

A continuación recuerda la sentencia del Supremo de 2020, así como las resoluciones de varios juzgados provinciales de lo social: menciona una sentencia de 2020 en Santander que declaraba la relación laboral de 85 trabajadores; otra de Bilbao en 2021 y de 438 empleados; otra el mismo año en Valladolid con otros 272; 329 más en Zaragoza en 2021; y 142 más en Oviedo febrero de 2022. “En este mismo sentido, la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha concluido la existencia de relación de carácter laboral por cuenta ajena en distintas sentencias”. Cita diez ejemplos.

“Indiscutible”

“A pesar de todo lo anterior”, continúa el texto de Fiscalía, “Glovo continúa manteniendo la misma relación de trabajo con sus trabajadores, incluso en fecha posterior a 12 de enero de 2023″, en referencia a la fecha en que cambió el Código Penal. Dice que sus empleados se “siguen viendo obligados a darse de alta como autónomos y a abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa, lo cual constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, tales como los relativos a salario, jornada, descansos, permisos, vacaciones o protección de la Seguridad Social”.

La Fiscalía también menciona siete requerimientos de Inspección que intentaban acreditar si la relación laboral era acorde a derecho. “Glovo no acreditó en sus respuestas” la legalidad de las relaciones, “limitándose a contestar que la relación inicial que unía a las partes no se mantenía en el momento de procederse al requerimiento, siendo no obstante la realidad incuestionable que los trabajadores han continuado realizando sus labores de reparto en las mismas condiciones en las que lo venían llevando a término con anterioridad, sin que se les haya reconocido su condición de trabajadores por cuenta ajena”.

Repartidores de Glovo en Barcelona, en agosto de 2021.
Repartidores de Glovo en Barcelona, en agosto de 2021. MASSIMILIANO MINOCRI

El ministerio público considera que la condición de empleados por cuenta ajena de los repartidos de Glovo es “indiscutible, por haber sido declarada por los órganos judiciales competentes en la materia”, pero da más argumentos para sustentar esa tesis: “El hecho de carecer los repartidores de una organización de trabajo propia, al prestar sus servicios dentro de la implementada por la empresa Glovo, la cual dirige y organiza sus trabajos diarios a través de la plataforma digital de obligada utilización, donde se determina la forma y el precio del servicio de recogida y entrega de productos, y se establece un sistema de control del proceso productivo por medio de la gestión algorítmica del servicio”.

El ministerio público pide que se tome declaración en calidad de investigado a Oscar Pierre y también requiere la declaración de varios testigos para que expliquen si han seguido operando como falsos autónomos para Glovo desde el cambio del Código Penal.

200 millones de euros

Glovo acumula hasta finales de mayo una deuda con la Seguridad Social de unos 200 millones de euros en cuotas no abonadas (73,4 derivados de actas de liquidación y 127,2 millones sobre la que se ha constituido aval) y en torno a otros 50 millones en sanciones, un castigo que pone en riesgo a la compañía: Delivery Hero (propietaria de Glovo) reconoce que los problemas legales que arrastra amenazan la viabilidad de la empresa.

Además, hasta principios de abril Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha ordenado el alta de oficio de 40.889 repartidores de Glovo, todos ellos desde que la empresa empezó su actividad en 2014. Para poner en contexto esta cifra conviene precisar que la compañía de origen catalán emplea actualmente a unos 12.000 repartidores, cifra que la empresa prefiere no detallar. Los expertos del sector señalan que el número real de riders es aún mayor, dado el alquiler de cuentas a terceras personas, normalmente a inmigrantes que en ocasiones carecen de permiso de trabajo.

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Sobre la firma

Emilio Sánchez Hidalgo
Redactor de Economía. Empezó su trayectoria en EL PAÍS en 2016 en Verne y se incorporó a Sociedad con el estallido del coronavirus, en 2020. Ha cubierto la erupción en La Palma y ha participado en la investigación de la pederastia en la Iglesia. Antes trabajó en la Cadena SER, en el diario AS y en medios locales de su ciudad, Alcalá de Henares.
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