Los Parlamentarios podrán defenderse antes de que el Supremo pida el suplicatorio
Según el Senado, la norma actual favorece las querellas "maliciosas" o infundadas cuya única finalidad es obtener repercusión en los medios de comunicación
Los diputados y senadores van a poder defenderse en los juzgados como cualquier otro ciudadano si son objeto de denuncias o querellas, gracias a una reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que ha aprobado el Pleno del Congreso.
Con la norma actual, los parlamentarios no pueden intervenir en el proceso hasta que la Cámara a la que pertenecen no concede el correspondiente suplicatorio, que debe pedir el Tribunal Supremo.
Esta situación favorece las querellas "maliciosas" o infundadas cuya única finalidad es obtener repercusión de la denuncia contra el parlamentario en los medios de comunicación, dando "apariencia de culpabilidad" al querellado por la tramitación del suplicatorio.
Denuncias infundadas
Así lo ha constatado el Senado, muchos de cuyos miembros, por ser alcaldes de municipios, han visto cómo este tipo de denuncias "políticas" infundadas acaban siendo archivadas, y por ello ha enviado al Congreso la propuesta de reforma aprobada por unanimidad.
La modificación, que todavía debe ser ratificada por la Cámara Alta, supondrá la introducción de un nuevo artículo (el 118 bis) en la Ley de Enjuiciamiento Criminal a fin de facilitar a los aforados el ejercicio de su "derecho de defensa", mediante la aportación de su versión de los hechos al juez, al que también podrán proponer la práctica de pruebas, todo ello antes de que el caso pase al Supremo.
Todos los grupos parlamentarios del Congreso han subrayado en el pleno la conveniencia de esta reforma. El PNV ha sido el único grupo que alberga dudas sobre su utilidad, ya que según la diputada Margarita Uría la posibilidad de que los aforados se defiendan antes de que el juez decida si archiva o no la denuncia no evitará la repercusión mediática que se quiere evitar.
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