Los creadores seguimos esperando
Es preciso abordar desde el punto de vista fiscal, laboral y social la realidad del autor en el Estatuto del Artista
En noviembre de 2015 se hizo pública la declaración fundacional de Seguir Creando. Esa declaración, en forma de carta, se envió al ministro de Educación y Cultura y a la ministra de Empleo y Seguridad Social. En ella se mostraba la oposición de 40 entidades vinculadas a la creación a las sanciones impuestas a algunos creadores por compatibilizar pensión y derechos de autor. Artistas de diversas disciplinas, que llevaban años jubilados, se enfrentaban, sin previo aviso, a la tesitura de devolver la pensión cobrada en varios ejercicios y a una dura sanción. Sin posibilidad de defensa, se vieron ante un serio deterioro de su vida cotidiana y ante dificultades casi insalvables para seguir proyectando en la sociedad una experiencia de décadas.
Cierto que el Real Decreto 5/2013 contempla la posibilidad de renunciar al 50% de la pensión para compatibilizarla con los derechos de autor. Sin embargo, la mayoría de los creadores tiene pensiones que no alcanzan los 800 euros. ¿Cómo renunciar a la mitad sin certeza alguna respecto a los ingresos a percibir a lo largo del año, casi siempre menores que el montante al que se renuncia? Y si nos referimos a quienes perciben la no contributiva, incompatible al 100% con cualquier tipo de ingresos a riesgo de perderla en su integridad, parece clara la necesidad de adoptar soluciones urgentes.
Desde entonces hasta hoy ha apoyado las demandas de los creadores la práctica totalidad de las instituciones: desde el presidente del Congreso a los portavoces de Cultura de todos los grupos parlamentarios, pasando por la Defensora del Pueblo, el ministro de Educación, Cultura y Deportes y la ministra de Empleo y Seguridad Social .
En Europa, en países como como Alemania, Francia, Reino Unido, Italia o Portugal existe compatibilidad plena. Con ello, además de favorecer la jubilación activa del creador, se contribuye al incremento de los ingresos del Estado, puesto que los derechos de autor devengan IRPF, lo que supone una importante aportación a las arcas públicas.
Artistas de diversas disciplinas, que llevaban años jubilados, se enfrentaban, sin previo aviso, a la tesitura de devolver la pensión cobrada
De otro lado, en España la legislación fiscal carece de conceptos que contemplen los derechos de autor como bien patrimonial que produce rendimientos. Su calificación como ingresos por “actividades económicas” o por “rendimientos del trabajo” está en la raíz del conflicto. Sería, por ello, determinante la creación de un epígrafe de percepción de derechos de autor tanto para las empresas que contratan como para la declaración de la renta de los autores. Es incomprensible que se puedan tener varios pisos alquilados, activos financieros y otro tipo de bienes patrimoniales compatibilizando sus rendimientos con la pensión y no sea posible con los derechos de autor. Solo la propiedad intelectual se penaliza, algo que sufre en exclusiva el autor porque para sus herederos los derechos son rendimientos de capital mobiliario, compatibles con la pensión. Y si tenemos en cuenta que toda obra pasa a dominio público a los 70 años de fallecer el autor, algo que no ocurre con ningún otro bien, ¿no parece razonable la compatibilidad que los creadores demandan? La propia ministra de Empleo reiteró a los representantes de Seguir Creando que a efectos de evaluar los ingresos susceptibles de incompatibilidad, los “derechos de autor son neutros”. Es decir, no se deberían computar.
Sin embargo, más de un año después de la creación de la Plataforma, los compromisos adquiridos en este tiempo por todos no se concretan y los autores sancionados se encuentran sin pensión, con altas deudas con Hacienda y la Seguridad Social, con cuentas embargadas, sin capacidad para hacer frente a gastos imprescindibles y al albur de los ingresos de familiares o amigos, algo que debería avergonzar a nuestras instituciones.
Es cierto que el cambio de la normativa de la Seguridad Social y del sistema de pensiones requiere acuerdos en el marco del Pacto de Toledo. También que es preciso abordar desde el punto de vista fiscal, laboral y social la realidad del autor en el Estatuto del Artista que afrontará en breve una subcomisión del Congreso de los Diputados. Pero no ocurre lo mismo con la normativa fiscal (el “epígrafe”), algo fácil y rápido de articular. Si los partidos coinciden, si el propio ministro Méndez de Vigo anunció en sede parlamentaria y en coincidencia con la ministra Fátima Báñez, su compromiso de trabajar por la plena compatibilidad, ¿cómo es posible que no se haya dado un paso para anular las sanciones y revertir las pensiones a los autores afectados? ¿Cómo no se dicta una disposición que lo garantice por conllevar la privación de un derecho constitucional (la pensión) no dictaminada por un juez y a expensas de una legislación a modificar? Es preciso que el Gobierno busque soluciones mientras en los ámbitos legislativo y ejecutivo, y en el marco del Pacto de Toledo, se trabaja en la elaboración de una legislación nueva al tiempo que se avanza en el Estatuto del Artista y del Creador.
Manuel Rico es escritor y crítico literario. Portavoz de la plataforma Seguir Creando y presidente de la Asociación Colegial de Escritores (ACE).
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