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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

El golpe de Estado de Puigdemont

El Estado no puede permitir que renazcan actitudes que pretendan seguir con la guerra de guerrillas hasta alcanzar la independencia

El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, se dirige a los medios a su salida de la cárcel de Neumünster este viernes.Vídeo: Jens Schlueter (EFE). ATLAS

Al conocerse la resolución del Tribunal de Schleswig-Holstein corrió un escalofrío en los medios de comunicación y tertulias. Parecería que el golpe de Estado de Puigdemont hubiera sido bendecido por Europa y que el Estado de derecho sufriera un maleficio garantista. Sólo faltaba decir que no habíamos mandado los buques a luchar contra los elementos. La resolución del tribunal pone en cuestión la jurispericia de los magistrados alemanes, pues no se puede considerar procesalmente acertada una decisión que acuerda unas medidas cautelares resolviendo prácticamente el fondo de la cuestión. También es discutible la Decisión Marco de 2003 sobre la orden de detención europea, entreverada de cautelas para seguir conservando la primacía del nacionalismo judicial. Pero, con independencia de los recursos que se puedan presentar, no está justificado pensar que el Estado democrático español ha perdido sus instrumentos jurídicos de defensa.

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En primer lugar, el tribunal alemán retiene el delito de malversación, castigado con pena de dos a ocho años de prisión e inhabilitación especial. Si fuera extraditado Puigdemont, nada impediría su prisión provisional y, como procesado con prisión provisional declarada, podría delegar su voto en el Parlamento pero no ser investido.

Pero lo más importante es que la gravedad de los hechos no permite inaplicar los instrumentos con los que cuenta el Estado democrático para evitar su destrucción. Dejando de lado la constante labor de demolición del Estado que efectuaron el Gobierno catalán y las asociaciones secesionistas (con la frecuente complicidad de los llamados comunes), hay tres hitos cuya gravedad obliga a llegar hasta el final en la persecución del delito:

— La aprobación de las leyes de transitoriedad jurídica y fundacional de la república y del referéndum de autodeterminación los días 6 y 8 de septiembre pasados.

— La convocatoria y la celebración del pseudo-referéndum del 1 de octubre.

— La votación en el Parlament de la Declaración de los representantes de Cataluña el 27 de octubre cuya exposición de motivos anunciaba la proclamación de la República catalana como Estado independiente.

Como escribimos en este diario (El autogolpe independentista, EL PAÍS, 31 de agosto de 2017) todas estas operaciones constituyen un autogolpe efectuado sin fuerzas militares pero con el mismo resultado, de triunfar, que los golpes de Estado de Franco o de Pinochet: la destrucción del Estado democrático que conocemos, pues sin Cataluña sería un Estado diferente. Por eso, además de buscar medidas políticas que debiliten el secesionismo y arrebaten el monopolio de la legitimidad democrática al catalanismo, el Estado no puede permitir que renazcan actitudes que, como vemos en el Parlament, pretenden que siga la guerra de guerrillas hasta alcanzar la independencia.

Javier García Fernández es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid.

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