La Abogacía del Estado pide que el magistrado Macías sea apartado de la deliberación sobre la amnistía en el Constitucional
El servicio jurídico del Gobierno, como ya hiciera la Fiscalía, recusa al exvocal del CGPJ porque en aquel cargo firmó un informe muy crítico con la norma
La Abogacía del Estado (el servicio jurídico del Gobierno) ha recusado al magistrado José María Macías y ha pedido al Tribunal Constitucional que le aparte de los recursos relacionados con la ley de amnistía, por haber formado criterio sobre dicha norma y haber informado contra su constitucionalidad en su anterior cargo de vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El escrito del Abogado del Estado plantea que Macías no debe formar parte de la composición del órgano de garantías cuando el pleno se reúna para deliberar sobre la impugnación presentada por el PP, asunto para el que dicho magistrado había sido designado como ponente, siguiendo el turno preestablecido para la asunción de casos.
El documento del CGPJ firmado por Macías el pasado marzo, seis meses antes de ser nombrado magistrado del Constitucional, sostenía que la amnistía no pretendía la normalización política en Cataluña, sino que se trataba de un pacto político para satisfacer “intereses partidistas” y desbloquear la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno, vulnerando el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica, entre otros establecidos por la Constitución.
En este momento, el tribunal que deberá pronunciarse sobre la ley que perdona los delitos vinculados al procés está compuesto por seis magistrados progresistas y cinco conservadores; una mayoría progresista pero estrecha. Si Macías fuera apartado, esa ventaja de los progresistas se ampliaría.
José María Macías ya fue recusado el pasado día 19 por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. El escrito de la Fiscalía pedía apartar a Macías de las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo contra dicha ley. La existencia de estas dos iniciativas paralelas —la del fiscal general y la de la Abogacía—, de contenido muy similar, se debe a que la Fiscalía del Estado es parte en el proceso originado por la iniciativa del Supremo, mientras que la Abogacía lo es en relación con los recursos de inconstitucionalidad planteados por el PP, por las comunidades autónomas en las que este partido gobierna y por el Ejecutivo de Castilla-La Mancha, del PSOE.
La impugnación del Supremo ya ha sido admitida a trámite por el Constitucional y el resto se examinará en otros plenos, ya en octubre. Los recursos de las comunidades autónomas están suspendidos hasta que el tribunal decida sobre su legitimación, a la vista del informe que sobre este extremo están realizando los letrados del propio órgano de garantías.
El escrito de la Abogacía del Estado por el que se recusa al magistrado José María Macías se basa en los criterios contrarios a la ley de amnistía expresados en el informe aprobado por el Consejo General del Poder Judicial el pasado marzo. Este informe fue suscrito por Macías como vocal del órgano del gobierno de los jueces. Hay otro informe precedente (de noviembre de 2023), pero la recusación se centra en el último por considerarlo sobradamente claro.
El dictamen de la Abogacía subraya que el documento apoyado en marzo por el ahora magistrado sostenía: “La justificación de la amnistía proyectada no es otra que la de atender a los intereses partidistas de las fuerzas que suscribieron el pacto [de investidura de Pedro Sánchez]”. Y consideraba “indudable” que “la amnistía comporta una manifiesta vulneración del derecho a la igualdad”. “Baste señalar —proseguía el informe— que ciudadanos condenados o acusados por unos mismos delitos (…) pueden quedar, o no, exentos [de la imposición de penas] frente a otros ciudadanos en esa misma situación”. “No cabe una discriminación mayor que, además, afecta a uno de los bienes jurídicos de los ciudadanos más dignos de protección, a los que se les somete, o no, a normas sancionadoras, porque solo los comprendidos en la amnistía gozarán del privilegio, que choca a la más elemental conciencia, de quedar al margen de las normas punitivas”.
Apoyándose en estas citas, el escrito de la Abogacía considera acreditado que el magistrado José María Macías, “ha ocupado cargo público con ocasión del cual ha tenido un extenso conocimiento del objeto del litigio y ha formado criterio con el resto de los consejeros (del Poder Judicial), en detrimento de la debida imparcialidad”; es decir, se cumple así, según el servicio jurídico del Estado, uno de los requisitos de la recusación recogidos en el artículo 219 de la ley orgánica del Poder Judicial.
Recusaciones cruzadas
En paralelo, el PP ha recusado al presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, y a la magistrada Laura Díez, ambos del sector progresista. Esta iniciativa iba dirigida inicialmente también contra el exministro de Justicia y hoy magistrado Juan Carlos Campo, pero en este caso ya carecen de objeto, porque él se ha abstenido de participar en el debate de la amnistía.
En medios del Constitucional se estima que las recusaciones de Conde-Pumpido y Díez no tienen posibilidades de prosperar. El sector progresista, en concreto, considera que el objetivo de esta iniciativa es alterar la composición del tribunal para lograr que dicho bloque, ahora mayoritario, quede en minoría, si a la salida de Campo se sumaran las otras dos mencionadas. En ese caso si Macías, a su vez, no fuera apartado, el tribunal quedaría compuesto por cinco magistrados del bloque conservador y cuatro del progresista. Las fuentes consultadas excluyen por completo que la batalla de las recusaciones pueda saldarse con este hipotético escenario final.
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