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El Govern se resiste a pagar a las familias de los agentes rurales asesinados en Lleida

Cinco años después, los allegados de las víctimas denuncian la inacción de la Generalitat para prevenir crímenes de este tipo

Agentes de policía inspeccionan en 2019 el lugar del asesinato de dos agentes rurales en Aspa (Lleida).
Agentes de policía inspeccionan en 2019 el lugar del asesinato de dos agentes rurales en Aspa (Lleida).EFE

La mañana del 21 de enero de 2017, dos agentes rurales de la Generalitat fueron asesinados a tiros por un cazador mientras hacían una inspección de caza rutinaria en Aspa (Lleida). Dos años más tarde, la Audiencia de Lleida condenó al asesino a 45 años de cárcel. Cuando se cumple un lustro del doble crimen, las familias siguen batallando con la Generalitat, que se resiste a pagar una indemnización por sus muertes. Por el momento hay abiertos dos procedimientos: un contencioso en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y una reclamación por el Principio de Indemnidad de los Funcionarios. La sentencia fijó la indemnización en 1.077.000 euros, pero el condenado se declaró insolvente y solo cobraron 300.000 euros del seguro de caza.

Las familias reclaman la diferencia entre lo que la Audiencia falló que se les debía pagar y lo que pagó la aseguradora. El que era coordinador de Comisiones Obreras del Cuerpo de Agentes Rurales en el momento de los hechos, Manel Vidal, insiste en que las familias, además de la indemnización que les corresponde por ley, reclaman “que la Generalitat ponga las medidas necesarias para que algo así no se repita y nadie más tenga que padecer lo que están sufriendo ellas”.

Vidal recuerda que “nadie ha asumido responsabilidades por la falta de medidas preventivas con las que trabajaban en 2017 los Agentes Rurales”. Tiene claro que “no se han exigido responsabilidades porque quien las tenía que reclamar” era la misma Generalitat. “En una empresa privada, Inspección de Trabajo habría abierto un expediente sancionador, pero al ser juez y parte, no se han creído responsables”, lamenta. El sindicalista mantiene que los técnicos del Servicio de Prevención de Agricultura —Departamento al que pertenecían los agentes rurales— detectaron en la evaluación de riesgos de 2014 un riesgo de “amenaza, violencia, agresión física por parte de persona armada con objetos que se pudieran considerar peligrosos para la integridad física de los agentes”. La evaluación quedó en un cajón. Solo se tomaron medidas tras las muertes, los controles de caza pasaron a ser con un agente más (tres) y uno con arma larga, y se les dotó de chalecos antibalas.

Para las familias de las víctimas, las muertes “fueron consecuencia de la falta de medidas de seguridad y protección facilitadas por el departamento en el ejercicio de sus funciones”, y alegaron una “omisión en materia de riesgos laborales”. Tras finalizar la vía penal presentaron una Reclamación Patrimonial a la Generalitat. La Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat emitió un informe concluyendo que “la Administración solo es responsable cuando se pueda acreditar, en una relación de causa-efecto, que el daño se puede imputar a un funcionamiento anormal de los servicios públicos”. Sostuvo que el daño “se debió a la intervención determinante de un tercero —el cazador— “ajeno al funcionamiento del servicio público”, y destacó que este es “un evento lesivo muy difícil de prevenir”. Según la Comisión, los fallecidos —Xavier Ribes y David Iglesias— no tuvieron tiempo de avisar con sus equipos y “ni habrían podido usar sus armas”.

Ante este informe, Agricultura se opuso a la demanda y el abogado de las familias, Pau Simarro, recurrió a la Sala del Contencioso Administrativo del TSJC. La Sala no ha resuelto y la sentencia que dicten se podrá recurrir. Paralelamente, en diciembre de 2020, Simarro presentó una segunda reclamación contra la Generalitat por el Principio de Indemnidad de los Funcionarios. La sentencia de 8 de julio de 2020 de la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estableció como doctrina que: “Las lesiones y perjuicios sufridos por los agentes de policía como consecuencia de acciones ilícitas de las personas sobre las que ejercen, sin culpa o negligencia por su parte las funciones que son propias a su cargo, deben ser resarcidos por la Administración mediante el principio de resarcimiento o indemnidad, principio general que rige a los empleados públicos”.

El letrado de las víctimas sostiene que cinco años después de los crímenes se ha hecho “justicia con el asesino”, pero lamenta que la Generalitat se siga oponiendo a “indemnizar a los familiares de los dos agentes que murieron a sangre fría en el ejercicio de sus funciones”.

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