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La sorpresa de la multa en el buzón

La Delegación del Gobierno en Madrid ha tramitado casi la totalidad de las sanciones graves impuestas durante el primer estado de alarma

Controles policiales para evitar la salida de madrileños en Semana Santa, el pasado 28 de abril.
Controles policiales para evitar la salida de madrileños en Semana Santa, el pasado 28 de abril.© Luis Sevillano/El Pais
F. Javier Barroso

Durante el anterior estado de alarma se oían comentarios como “esas multas no llegan nunca”, “la policía las pone para asustar, pero no van a ningún lado” o “es imposible que puedan sacar adelante todas”. El paso del tiempo y una labor callada de la Administración central está acabando con esos rumores. Miles de madrileños están recibiendo en los últimos meses unas cartas certificadas que les van a hacer rascarse el bolsillo. Y a base de bien. Se trata de las sanciones impuestas por la Delegación del Gobierno en Madrid, que hasta este viernes había tramitado 5.175 de las 5.236 propuestas de sanción por causas graves impuestas durante el primer confinamiento. Es decir, el 98,8%. En los próximos días, se concluirán las restantes y comenzarán con las leves.

Las faltas graves acarrean una sanción que oscila entre los 601 y los 30.000 euros. Eso sí, al tratarse de personas no reincidentes no pueden superar los 10.400 euros, ya que se ponen en el tramo más bajo. Si se pagan en el periodo voluntario, la cuantía se reduce un 50%. Durante el anterior estado de alarma, la Policía Nacional, la Guardia Civil y los 112 cuerpos de Policía Municipal que hay en la región rellenaron 184.178 propuestas de sanción. Hubo días que se superaron las 2.500 y las 3.000, en especial en la operación salida de la Semana Santa, cuando miles de conductores con sus familias pretendían abandonar la región e incumplir el Real Decreto 463/2020. La media al día fue de unos 600 casos.

Algunas denuncias –las menos- se basaron en la Ley General de Salud Pública, en lugar de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana (la conocida como Ley Mordaza). El primer texto recoge sanciones muchísimo más altas. Las leves pueden llegar a los 3.000 euros, mientras que las graves oscilan entre los 3.001 y los 60.000 euros.

La mayoría de esas propuestas de sanción fueron impuestas por las policías locales, por lo que serán sus respectivos Ayuntamientos los encargados de cobrarlas. Eso sí, en el caso de que tengan suficientes recursos para hacerlo. El grueso de esas denuncias recaerá en el Consistorio de la capital, que a través de su Policía Municipal rellenó más de 50.000 boletines, una de cada cuatro de toda la región.

Plazos procesales parados

El periodo para tramitarlas estuvo suspendido durante el estado de alarma, cuando se paralizaron todos los plazos procesales y administrativos. Cuando se levantó el confinamiento, también comenzó a correr el plazo para la Delegación del Gobierno. Este organismo representante del Ejecutivo central en la región cuenta con un año para iniciar el procedimiento sancionador y con otro para ejecutarlo, en el caso de las sanciones graves. Si se trata de las leves, se reduce a seis meses. La Delegación ha recibido, sobre todo, las denuncias impuestas por la Policía Nacional y la Guardia Civil.

Entre esas sanciones graves están casos tan curiosos como personas que se fueron a pasear a sus perros a la sierra o que fueron hallados a kilómetros de sus viviendas con sus mascotas. O quienes salieron a correr por el medio del campo, pese a estar prohibido alejarse de las viviendas. O el conductor que fue parado a decenas de kilómetros de su vivienda habitual sin tener un motivo justificado. “Hay mucha gente que ha pensado que nunca les iba a llegar la sanción, pero lo que debe quedarles claro es que se tramitarán todas las propuestas que hemos recibido. Estamos ante un problema de salud pública muy grave y los infractores deben pagar por su irresponsabilidad”, reconocen fuentes de la Delegación del Gobierno, a cuyo frente está el socialista José Manuel Franco.

Los propios funcionarios de este organismo son los que analizan todo el expediente y ponen la cuantía de las sanciones, que a veces supera los 2.000 euros. En caso de duda, devuelven el expediente a los policías o los guardias civiles que han rellenado la propuesta para pedirles que les aclaren los extremos y poder clasificar en leve o grave la infracción. O incluso desestimarla. “Lo importante es que se está acabando con las más importantes”, remarcan las citadas fuentes.

Los funcionarios de la Delegación comenzarán a tramitar, una vez terminadas con las faltas graves, las consideradas leves, tipificadas con multas de entre 100 y 600 euros. Lo habitual es que se pongan en su tramo medio (unos 300 euros). El número exacto se desconoce en estos momentos ya que están almacenadas hasta que abran los expedientes. Eso sí, se calculan que pueden oscilar entre 10.000 y 15.000, también impuestas en su mayor parte por la Policía Nacional y la Guardia Civil. En este apartado se dan casos como el dueño de un perro que se ha alejado más de lo normal para sacarlo o la persona a la que se ha visto hasta tres veces en un mismo en un supermercado. O los que no llevaban la mascarilla, cuando era obligatoria. “Lo que debe quedar claro es que se van a perseguir todos los actos incívicos que han puesto en riesgo la salud de otras personas”, añadieron fuentes de la Delegación.

El reto llega ahora con el nuevo estado de alarma en nueve grandes municipios de la región y ver si la recepción de las sanciones del primero cumplen una función disuasoria en la población madrileña.

El Estado siempre cobra

¿Y si el infractor se negara a pagarla? Si en los juegos de azar se dice que la banca siempre gana, en las multas del Estado -lo que incluye los Gobiernos regionales y los Ayuntamientos- se puede decir que siempre se cobran, salvo que haya una insolvencia real y prolongada en el tiempo. El Estado aplicaría un gravamen del 5% por iniciar la vía ejecutiva de recaudación. En caso de que se llegue al apremio, la cuantía sube un 20%. Es decir, que la multa tipo (600 euros) llegaría a los 721,2 euros. El Estado en este caso tiene diversos procedimientos para cobrar esa deuda. Para ello, se valdrá del embargo de los bienes del deudor. Esto incluye las cuentas corrientes, parte del salario o de la pensión, bienes inmuebles o cualquier devolución que tenga pendiente por parte de la Administración, entre otras.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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