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Estrasburgo avala que se deje morir a un hombre en estado vegetativo

El paciente Vincent Lambert es el centro de una viva polémica en Francia sobre la eutanasia

Gabriela Cañas
Viviane Lambert tras la decisión del Tribunal de Estrasburgo.
Viviane Lambert tras la decisión del Tribunal de Estrasburgo. PATRICK HERTZOG (AFP)

El llamado caso Lambert es un hito histórico para los defensores de la muerte digna. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que se expresa por vez primera sobre el fondo de un asunto como este, ha avalado esta mañana la decisión de la justicia francesa de retirar la alimentación y la hidratación artificiales que mantienen vivo a Vincent Lambert, un enfermero de 38 años que quedó tetrapléjico y en estado vegetativo hace casi siete años en un accidente de moto. El caso ha llegado hasta los jueces europeos de Estrasburgo por la apelación presentada por los padres de Lambert, de convicciones profundamente católicas.

Al igual que ocurrió en Italia con el caso de Eluana Englaro, el de Lambert es el centro de un vivo debate en Francia sobre el derecho a una muerte digna. Para España, la repercusión de la decisión europea es muy relevante por cuanto la Constitución Española obliga a interpretar las leyes nacionales de conformidad con los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, según un experto jurista.

Las discrepancias en la familia de Vincent Lambert están en el origen de este debate francés ahora europeo y de la larga batalla judicial emprendida hace tres años, cuando, en aplicación de la ley vigente francesa, los médicos del hospital universitario de Reims decidieron retirar el tratamiento al paciente.

Sin precedentes en el tribunal

El caso Lambert no tiene, en puridad, precedentes en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Sus jueces nunca se han expresado hasta ahora sobre el fondo de un asunto que concierne a la prolongación artificial de la vida. Según los casos registrados por el propio tribunal, el más parecido al de Lambert que ha llegado a Estrasburgo es el de Eluana Englaro. En aquella ocasión, sin embargo, ni siquiera llegaron a analizarlo. La justicia italiana dictaminó que se podía retirar la alimentación y la hidratación artificiales a Eluana (en estado vegetativo tras un accidente de tráfico) y los jueces europeos rechazaron analizar el recurso de las asociaciones provida por considerar que no eran parte directamente implicada.

Tampoco admitieron por la misma causa el recurso presentado para defender el derecho a morir del español Ramón Sampedro. En el caso de la británica Diane Pretty, que sufría una enfermedad degenerativa, los jueces dieron la razón a la justicia de su país, que no quiso otorgar al marido la potestad de matarla sin ser perseguido penalmente por ello. Los jueces consideraron, además, que la mujer no soportaba un tratamiento inhumano. En el de un suizo que quiso acogerse al suicidio asistido determinó que aún podía recurrir a otro especialista para que le prescribiera el medicamento que pusiera fin a su vida y en el caso de un tetrapléjico alemán el Tribunal de Estrasburgo pidió a la justicia del país que analizara previamente el asunto; cosa que no había hecho. En el cuarto caso juzgado, el tribunal europeo pidió a las autoridades suizas que clarificaran su marco jurídico respecto al suicidio asistido.

Los padres de Vincent Lambert, Pierre y Viviane, junto a una hermana y un cuñado, plantearon batalla. Lograron detener la acción de los médicos, pero el Consejo de Estado francés dictaminó el pasado año que la decisión sanitaria fue conforme a la ley. El inmediato recurso a Estrasburgo impidió desconectar a Lambert. Los jueces europeos de la Gran Sala, por doce votos contra cinco, han dado ahora la razón a Francia. No hay violación del artículo 2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, han dictaminado, y se ha respetado la ley francesa en vigor que prohíbe el encarnizamiento terapéutico en caso de enfermedad irreversible y, por tanto, autoriza el cese de los cuidados que mantengan su vida de manera artificial contra su voluntad.

El mayor escollo de este asunto es que Vincent Lambert no expresó su voluntad por escrito en un testamento vital. La decisión de interrumpir el tratamiento la tomó el médico Éric Kariger, jefe de cuidados paliativos del hospital de Reims, tras consultar a seis médicos (tres de ellos externos), a la esposa del paciente, Rachel Lambert, y a seis de los ocho hermanos de este, que corroboraron la voluntad del paciente antes del accidente de que no se le prolongara artificialmente la vida en caso de grave discapacidad como la que sufre. El Consejo de Estado analizó cuidadosamente el asunto y avaló la retirada del tratamiento.

El abogado de Rachel Lambert, Laurent Pettiti, considera que, por lógica, el fallo europeo debería imponerse a toda Europa. Los jueces europeos, sin embargo, recuerdan que no hay unanimidad al respecto en los estados miembros. “Desde hoy contamos con un marco europeo que va a reforzar los derechos de los pacientes y los deberes de los médicos”, ha declarado por su parte Kariger a la emisora France Info.

La decisión europea es un varapalo para los padres de Vincent. Su madre, Viviane, la ha tachado de “escándalo” y ha prometido seguir peleando por la vida de su hijo, aunque judicialmente no hay muchas posibilidades de continuar apelando. El abogado de los padres, Jean Paillot, alega que la situación ha cambiado, que el paciente ahora puede deglutir y que el hecho de que el doctor Kariger ya no esté en el hospital exige una nueva decisión hospitalaria; reiniciar el proceso. Kariger lamentó que se utilicen argumentos falsos en este debate. “Lambert deglute su propia saliva desde el principio. Si no, ya se habría ahogado. Su estado no ha cambiado”, ha aclarado.

En marzo, la Asamblea Nacional ha aprobado una nueva ley que obliga a los médicos a respetar la voluntad del paciente en caso de que este no quiera que se le mantenga vivo artificialmente. El testamento vital será vinculante y, en su defecto, deberán respetar lo que diga su persona de confianza. Las asociaciones por una muerte digna han insistido en la conveniencia de poseer un testamento vital para evitar el encarnizamiento terapéutico en casos irreversibles.

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Sobre la firma

Gabriela Cañas
Llegó a EL PAIS en 1981 y ha sido jefa de Madrid y Sociedad y corresponsal en Bruselas y París. Ha presidido la Agencia EFE entre 2020 y 2023. El periodismo y la igualdad son sus prioridades.

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