¿Puede Hungría ostentar la presidencia rotatoria del Consejo de la Unión?
Es preciso reflexionar sobre cómo es posible que un Estado miembro de la UE que ha incumplido en múltiples ocasiones los valores fundamentales de la Unión pueda presidir de forma creíble una de sus principales instituciones
La presidencia rotatoria del Consejo de la Unión es un legado del pasado, de la época en que esa institución que representa a todos los gobiernos de la UE no tenía un presidente permanente. Esto explica a su vez por qué la presidencia ha perdido poder con el tiempo, en beneficio del recién nombrado presidente permanente, actualmente Charles Michel. Sin embargo, al no haber sido suprimida, la presidencia sigue siendo un elemento fijo de la maquinaria diaria de la Unión. Confiere a su titular el poder de fijar la agenda, al presidir prácticamente todas las reuniones que se celebran entre los ministros de los Veintisiete y representar al Consejo en las relaciones con las demás instituciones.
De ahí la legítima pero incómoda pregunta:
¿Cómo es posible que un Estado miembro de la UE —como Hungría o Polonia— que ha incumplido en múltiples ocasiones los valores fundamentales de la UE y cuyos fondos han sido suspendidos pueda presidir de forma creíble una de las principales instituciones de la UE? ¿No existe un conflicto irreconciliable entre ostentar la Presidencia rotatoria del Consejo y estar incumpliendo persistentemente la legislación de la UE?
Dado que se espera que cualquier gobierno que ostente la presidencia actúe como “mediador honesto”, cabe preguntarse cómo un gobierno que está sujeto al procedimiento del artículo 7 (por incumplimiento sistemático de los valores fundamentales de la UE) y cuyos fondos comunitarios han sido suspendidos puede presidir las reuniones del Consejo fijadas para abordar estas mismas cuestiones.
A pesar de no estar previsto legalmente, existen varias opciones para alterar la presidencia rotatoria entrante por parte de un Estado miembro.
Una opción es que todos los Estados miembros de la UE modifiquen —por mayoría cualificada— el orden de los países que ostentan la presidencia. Esto podría retrasar el derecho de Hungría y/o Polonia a ocupar la presidencia hasta una fecha indeterminada.
Una opción alternativa puede ser que los dos Gobiernos que ocupen las dos presidencias antes de Hungría —es decir, Bélgica (hasta el 24 de junio) y España (desde julio al 23 de diciembre)— modifiquen sus acuerdos internos (troika) para alterar la Presidencia de Hungría. Como resultado, todas las reuniones del Consejo que tuvieran que ver con el respeto del Estado de Derecho (Art. 7, suspensión de fondos de la UE, cumplimiento de hitos, etc.) podrían ser aseguradas por otros gobiernos (España y Portugal). Esto pasaría a la historia como la primera presidencia agotada del Consejo.
Otra opción podría consistir en una suspensión total de la presidencia húngara, con Bélgica y España dividiendo en dos los 6 meses de la húngara. De este modo, sus respectivas presidencias durarían 9 meses cada una.
Teniendo en cuenta que la presidencia húngara comenzará justo después de las próximas elecciones al Parlamento Europeo (julio-diciembre de 2024), cuando se produzcan los nombramientos más importantes de la UE —desde el Presidente de la Comisión hasta el del Consejo—, el aplazamiento o la suspensión de la Presidencia parece adquirir cierto momentum político.
Más aún cuando la siguiente presidencia la ostentará Polonia, otro Estado miembro rebelde.
Ahora la pelota pasa del Parlamento al Consejo, donde los líderes de la UE tendrán que responder el llamamiento del Parlamento “para encontrar una solución adecuada lo antes posible”. De no hacerlo, el Parlamento amenaza con tomar “medidas apropiadas”, como boicotear el funcionamiento de la próxima presidencia húngara reduciendo la cooperación al mínimo.
Mientras tanto, los gobiernos alemán, holandés y sueco han expresado públicamente de forma inesperada cierto apoyo a la idea, con la ministra de Estado alemana para Europa, Anna Lührmann, afirmando que tiene “dudas sobre hasta qué punto Hungría puede llegar a ejercer una presidencia con éxito”. El Gobierno español aún no se ha pronunciado públicamente, ya que su capacidad para ocupar la presidencia está mermada dadas sus inminentes elecciones nacionales.
Independientemente de si finalmente se suspende la presidencia húngara (y luego la polaca) del Consejo, el mero hecho de contemplar tal posibilidad amplía la caja de herramientas de que dispone Bruselas para obligar a los países rebeldes a cumplir sus obligaciones en virtud de la legislación de la UE.
Esta amenaza sin precedentes a los gobiernos húngaro y polaco puede suscitar un debate político y jurídico muy necesario sobre las condiciones en las que la UE puede aceptar a Estados miembros rebeldes dentro de la Unión. Hacerlo antes de las próximas elecciones al Parlamento Europeo puede tener un efecto clarificador de cara al electorado europeo, que sigue esperando una respuesta política al escándalo del Qatargate”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.