¿Merecen más días libres los jueces que el resto de funcionarios?
Tres vocales del CGPJ discreparon en la distinción del Poder Judicial y el funcionariado
“No se trata de la defensa de intereses corporativos sino de la defensa de la dignidad de la carrera judicial”, se apresuró ayer a decir la portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, para justificar las críticas que el pleno del Consejo formuló a las medidas de estabilidad presupuestaria del Gobierno en lo concerniente a las vacaciones de jueces y magistrados.
El caso es que Bravo insistió en las críticas a los recortes en los días de vacaciones, algo en lo que, posteriormente, incidió el propio presidente del Poder Judicial, Gonzalo Moliner. El Gobierno dejará a los funcionarios con tres únicos días de libre disposición, es decir, la mitad de los que contaban hasta ahora. Y ha metido a jueces y magistrados, como funcionarios públicos que son, en el mismo saco.
El “problema” es que hasta ahora contaban con 18 días de permiso, con lo que su reducción es “drástica”, según la calificó Gabriela Bravo. El informe, con todas las censuras y la oposición a la reducción de jornadas de libre disposición, fue apoyado por la mayoría. Sin embargo, tres vocales mostraron su discrepancia con la queja de la mayoría del consejo y presentaron tres votos particulares.
El vocal Ramón Camp presentó un voto particular en el que defendía que la reducción de los días de permiso para asuntos particulares debería ser proporcional a la que se aplicará en la función pública en general. Es decir, su propuesta, no oída, era que el informe del Consejo apostara por la eliminación del 50% de los días de permiso, de 18 a nueve días. Incluso, argumentó en su defensa que esta era la postura inicial del informe que redactó Claro José Fernández Carnicero sobre el anteproyecto de ley presentado por el Gobierno. En cualquier caso, esa parte fue suprimida y la mayoría del Consejo aprobó el mantenimiento de los días libres.
Por su parte, Antonio Dorado propuso, de igual forma, que la reducción fuera proporcional al resto de funcionarios y que, además, se incluyera a los secretarios judiciales (cuerpo al que pertenece) y personal de la Administración de Justicia en general en las excepciones al recorte de “moscosos”.
Gómez Benítez defendió que la ley que diferencia a los jueces del resto de funcionarios es preconstitucional
El tercer voto particular, el de José Manuel Gómez Benítez fue en otra línea, en la que aceptar la homologación de jueces y magistrados al resto de funcionarios porque “no se acierta a comprender la razón por la cual la función jurisdiccional de los jueces debe fundamentar más días para asuntos particulares que el resto de los funcionarios civiles del Estado”, tal como argumentó. El vocal expuso además que la ley en la que se justifica el informe para dar un rango especial a los jueces es de 1966, “la muy preconstitucional Ley 11/1966, que estableció un régimen jurídico diferenciado respecto del resto de los funcionarios”, sostiene el vocal.
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