La juez que quiso reabrir el 11-M será suspendida por prevaricación en otro caso
El Tribunal Superior de Madrid abre juicio oral a Coro Cillán por presunto trato de favor a un amigo El Poder Judicial inicia el proceso para apartarla cautelarmente La magistrada ha sido sancionada reiteradamente desde 1999 y ha seguido impartiendo justicia
La juez Coro Cillán ha sido sancionada disciplinariamente en repetidas ocasiones a lo largo de los últimos 13 años por retrasos reiterados y graves en su actuación profesional: no dictaba sentencia o lo hacía injustificadamente tarde —en algún caso, más de tres años después de la vista—. Sin embargo, ha seguido impartiendo justicia. La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial inició ayer los trámites para suspenderla cautelarmente, una vez más. Esta vez la causa es aún más grave: en un auto dictado el pasado 19 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha abierto juicio oral contra ella por un presunto delito de prevaricación. En el auto se le requiere, además, que preste una fianza de 17.000 euros para asegurar "la responsabilidad civil que pueda declararse".
La comisión permanente del Poder Judicial ha concedido tres días para que el fiscal y la propia juez hagan las alegaciones correspondientes. La semana próxima, en una reunión que se celebrará lugar en principio el martes o el miércoles, se tomará la decisión definitiva. Teniendo en cuenta que ya se ha abierto juicio oral contra la juez Cillán, parece previsible que será suspendida cautelarmente hasta que haya una sentencia de absolución o condena.
El artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que la suspensión de los jueces y magistrados tendrá lugar, entre otros casos, “cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones” y “cuando por cualquier otro delito doloso se hubiere dictado contra ellos auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento”.
La magistrada Cillán, conocida por haber tratado de reabrir el caso de los atentados del 11-M —asunto zanjado por el Tribunal Supremo un año antes—, está acusada de haber favorecido los intereses de un amigo suyo dentro de sus actuaciones profesionales en el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid. La Fiscalía de Madrid presentó una querella que fue admitida a trámite en mayo de 2012. Previamente, en diciembre de 2011, el Poder Judicial ya había abierto un expediente disciplinario por cuatro presuntas faltas graves y muy graves que se paró cuando se abrió el procedimiento penal contra la juez a la espera de que recaiga resolución.
La mano que resucitó la conspiración
Coro Cillán es la juez que resucitó la teoría de la conspiracióndel 11-M. Admitió a trámite la querella de la Asociación Ayuda a Víctimas del 11-M que acusaba al entonces jefe de los Tedax, Jesús Sánchez Manzano, de ocultar y falsear pruebas sobre los terribles atentados que costaron la vida a 191 personas en 2004. La juez admitió la causa pese a que el asunto ya se había planteado anteriormente, sin éxito, ante la Audiencia Nacional y en términos muy similares, ante el Juzgado de Instrucción 6 de Madrid, que también archivó.
Coro Cillán, sin embargo, mantuvo la causa abierta durante dos años y medio. En su juzgado, el 43 de Madrid, resucitaron los grandes bulos sobre el 11-M: el de la mochila que contenía una bomba que no explotó en El Pozo —y cuyo análisis condujo, entre otras pruebas, hasta los autores de la masacre—; la supuesta destrucción o manipulación de restos del explosivo hallado en los lugares del atentado; el desguace de los trenes donde estallaron las bombas; la posible participación de ETA en los hechos, e incluso el de un complot de servicios secretos extranjeros en Ginebra con la participación del CNI, un dirigente del PSOE y un policía español para organizar la matanza con la que sacar al PP del poder en 2004.
Durante esos dos años, la juez interrogó a más de 50 miembros de los Tedax, a una decena de funcionarios de Renfe, a ocho funcionarios de la policía científica y a todos los peritos, independientes y de parte, que habían desfilado por el juicio del 11-M.
En febrero de 2012, la Audiencia Provincial de Madrid archivó la causa por entender que era “cosa juzgada” y criticó que Cillán tardara más de dos años en resolver el recurso de archivo solicitado por la defensa de Sánchez Manzano. El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite un recurso contra ese auto de la Audiencia de Madrid, dando carpetazo a este fleco de la teoría de la conspiración.
Cillán estaba de guardia en los juzgados de Plaza de Castilla el 21 de septiembre de 2011. Ese día, recibió una denuncia de un grupo de socios de la discoteca madrileña Moma en la que se pedía el precinto del local y un cambio de administradores. Otros socios se negaban. Cillán aceptó cerrarlo en contra del criterio de la Fiscalía y siguió tramitando el asunto en vez de enviarlo a otro juzgado que ya había intervenido en el conflicto. Además, nombró como uno de los administradores a un supuesto amigo íntimo suyo y le concedió una minuta de 18.000 euros al mes que después redujo. “Por mis santos cojones se precinta Moma”, dijo el día de la guardia a la fiscal, según declaró esta después ante la inspección del Poder Judicial. El fiscal Conrado Saiz aseguró, además, que, en su opinión, la magistrada no tenía “capacidad para llevar el juzgado” porque presentaba “una inestabilidad preocupante”.
Las sanciones disciplinarias a la magistrada se remontan a hace más de una década. En 1999, cuando era magistrada de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, se le impuso una multa de 600 euros por retrasos reiterados y graves. Tres años después, el Poder Judicial tenía de nuevo sobre la mesa otro expediente. El fiscal y el instructor pidieron en ese momento su expulsión de la carrera “por los perjuicios causados a los particulares, la forma del retraso y los modos empleados para intentar ocultarlo” y “para evitar que vuelvan a producirse en el futuro hechos similares, con grave daño y reiterado para la administración de justicia”.
El Poder Judicial, aun admitiendo que los hechos eran “especialmente graves”, decidió que no tenían “la entidad suficiente como para acudir a la máxima sanción”, e impuso dos años de suspensión a Cillán. Un año más tarde, ese órgano se encontró de nuevo ante “retrasos injustificados, reiterados y muy graves” y la suspendió un año más, por la “trascendencia y repercusión social de su comportamiento”.
El Supremo anuló la primera de las resoluciones sancionadoras tras considerar que no se habían respetado los plazos de caducidad. La segunda suspensión la dejó en una multa de 1.800 euros. En 2008, el Poder Judicial volvió a abrir un expediente a la magistrada por retrasos indebidos.
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