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La Audiencia de Burgos da nuevos argumentos para paralizar de desahucios

No será necesario un segundo procedimiento para invocar el carácter abusivo de las cláusulas El juez podrá valorar de oficio la ilegalidad del contrato negociado

La Audiencia Provincial de Burgos ha dado otro paso en la protección del deudor hipotecario tras la sentencia europea que dio un varapalo a la ley hipotecaria española. Su sección segunda, en un auto del 10 de abril contra el que no cabe recurso y que sienta jurisprudencia en el territorio, fija que podrá ser el mismo juez que recibe la demanda de inicio de desahucio quien valore el carácter abusivo de las cláusulas y pueda paralizar el procedimiento. Es decir, ya no será necesario un segundo proceso —denominado “declarativo”— para evaluar la ilegalidad.

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“Hasta ahora para valorar el carácter abusivo había que abrir una nueva vía que entre plazos y apelaciones duraba años. A menudo, se declaraba ilegal una cláusula cuando el inmueble ya estaba subastado”, explica por teléfono el magistrado ponente Miguel Carreras. “Ahora la paralización se hará desde el primer minuto y la hará el mismo juez que tramita el procedimiento de ejecución”, añade.

La otra novedad que recoge el auto es que el juez no tendrá que esperar a que el deudor alegue el carácter abusivo de una cláusula, sino que será él quien lo examine de oficio y suspenda el procedimiento si así lo estima. “Esto aclara las dudas sobre cómo invocar ante el juez la posible ilegalidad”, explica Carreras.

El auto, que estima un recurso del Banco Popular contra la inadmisión a trámite de una demanda de ejecución, no aborda el fondo de la cláusula, sino que obliga al juez de instancia a admitir la demanda y dar audiencia a las partes antes de paralizar los desahucios. En Burgos hay alrededor de 900 procedimientos abiertos, según fuentes jurídicas.

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