La juez Rocío Martín sustituye en el ‘caso Nóos’ al juez que fichó Podemos
Tres mujeres componen el tribunal que juzgará a la infanta Cristina y a Iñaki Urdangarin
La Audiencia Provincial de Baleares ya ha designado sustituto para el juez Juan Pedro Yllanes, encargado de presidir el juicio del caso Nóos y que el pasado 16 de noviembre fichó por Podemos como número uno de su candidatura al Congreso por las islas. La vacante abierta en el tribunal será ocupada por la magistrada Rocío Nobelda Martín Hernández, destinada en la misma Sección Primera de la Audiencia Provincial, encargada de enjuiciar la causa que afecta a la infanta Cristina, a su esposo, Iñaki Urdangarin, al expresidente balear Jaume Matas y a otras 15 personas.
Con este nombramiento, el tribunal del caso Nóos, que comenzará a enjuiciarse el próximo 11 de enero, estará compuesto por tres magistradas. La presidenta y ponente (redactora) de la sentencia será Samantha Romero Adán, la más antigua en la carrera judicial de las tres juezas y considerada una profesional de talante moderado. A su lado se sentarán la juez Rocío Martín, con reputación de magistrada dura y rigurosa, y Eleonor Moyá, una juez procedente de la abogacía y no alineada ideológicamente.
El nombramiento de la nueva magistrada se ha realizado por turno de reparto. El puesto le hubiera correspondido, según las normas de nombramiento, a otra mujer, la magistrada progresista Francisca Ramis, que además hubiera ejercido de presidenta del tribunal al ser la presidenta de la Sección Primera. Sin embargo, esta juez ha solicitado su traslado a otro órgano jurisdiccional.
Según una nota del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, para la designación se ha tenido en cuenta también el hecho de que el concurso interno convocado por la excedencia de Juan Pedro Yllanes debido a su paso a la política ha quedado desierto. Ningún magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, encargada de asuntos penales, había solicitado el traslado a la Sección Primera.
Cuestiones previas
El primer desafío legal que deberá acometer el nuevo tribunal llegará a partir del mismo día 11 de enero. En la fase de cuestiones previas —un debate preliminar en el que las partes exponen posibles causas que afectan al inicio y desarrollo de la vista oral, como la vulneración de algún derecho fundamental, la nulidad de la causa por defectos de la instrucción o la proposición de nuevas pruebas— se decidirá si la infanta Cristina debe sentarse en el banquillo como cooperadora en dos de los delitos fiscales de que se acusa a su esposo.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado no acusan a la hermana del Rey de estos delitos y la acusación solo la sustenta el sindicato Manos Limpias. En esa fase previa a la vista oral, la sala deberá decidir si en este caso prevalece la llamada doctrina Botín, del Tribunal Supremo, que establece que no se puede juzgar a nadie por delitos contra la Hacienda Pública si no acusan la Fiscalía —que representa a la Ley— o la Abogacía del Estado —que representa al perjudicado directo del delito, en este caso la Agencia Tributaria—.
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