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¿Por qué Griñán ha sido condenado a cárcel y Chaves no?

El tribunal considera que el primero cometió delito de malversación en su etapa al frente de la Consejería de Economía

Luis Barbero
Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, durante el juicio en la Audiencia de Sevilla.
Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, durante el juicio en la Audiencia de Sevilla.Julio Muñoz (EFE)

La Audiencia de Sevilla ha concluido que los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán eran “plenamente conscientes” de la ilegalidad de las decisiones que adoptaron en relación con el fondo de los ERE. Para el primero, sin embargo, la condena es por prevaricación –adoptar resoluciones ilegales a sabiendas– y para el segundo, por prevaricación y malversación –uso ilegítimo de fondos públicos–, delito por el que se le ha impuesto una pena de seis años de cárcel. ¿Por qué las condenas de los dos exdirigentes socialistas son diferentes? Los jueces ven prevaricación en la puesta en marcha y mantenimiento del sistema de pago de los ERE, algo que afecta a ambos expresidentes, pero a Griñán le condenan además por malversación por su actuación como consejero de Economía entre 2004 y 2009.

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Los magistrados subrayan que el Gobierno andaluz cambió en el año 2000 el sistema con el que se daban las ayudas a las empresas en crisis tras los reparos que puso la Intervención General de la Junta al dinero que se dio a una empresa de Jaén. Desde entonces, se recurrió a una herramienta presupuestaria, denominada transferencia de financiación, que agilizaba la concesión de estas ayudas a costa de sacrificar los controles internos de la Administración, decisión que los jueces ven ilegal y que es el sustento de la prevaricación. “Resulta lógico que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía”, dicen los jueces.

La Junta incluyó cada año dinero para los ERE en los Presupuestos, una partida que la Audiencia considera engañosa, elemento que es también clave en la condena por prevaricación. También apuntalan este delito las modificaciones presupuestarias que se hicieron cada año para aumentar la dotación del fondo. “Como presidente del Consejo de Gobierno, aprobó las modificaciones presupuestarias que afectaron al programa 31L, que por su cuantía eran competencia del Consejo de Gobierno, hasta su cese en abril del año 2009”, dice la sentencia sobre Chaves.

En el caso de Griñán, los jueces añaden el delito de malversación por su actuación como consejero de Economía entre 2004 y 2009. Subrayan que Griñán recibió los informes de la Intervención General de la Junta que alertaban de que las ayudas se estaban dando “prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”. Este hecho, según los jueces, facilitó que se desviase dinero de los ERE de forma fraudulenta. Destacan que en esta etapa Griñán asumió “la eventualidad” de que el dinero de este fondo se utilizase “con fines ajenos al fin público al que estaban destinados”.

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Sobre la firma

Luis Barbero
Es subdirector de Actualidad de EL PAÍS, donde ha desarrollado toda su carrera profesional. Ha sido delegado en Andalucía, corresponsal en Miami, redactor jefe de Edición y ha tenido puestos de responsabilidad en distintas secciones del periódico.

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