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La Junta Electoral cita a Clara Ponsatí para acatar la Constitución en el Congreso si quiere ser eurodiputada

El organismo considera que el requisito de la ley electoral sigue vigente pese a la sentencia del Tribunal de la UE sobre Junqueras

Javier Casqueiro
La exconsejera de Educación catalana Clara Ponsatí, junto a su abogado a las puertas de una comisaría de Edimburgo (Reino Unido).
La exconsejera de Educación catalana Clara Ponsatí, junto a su abogado a las puertas de una comisaría de Edimburgo (Reino Unido).NEIL HANNA (AFP)

La Junta Electoral Central ha acordado este jueves citar personalmente a cinco eurodiputados electos, entre ellos la nacionalista catalana Clara Ponsatí, fugada al Reino Unido tras la fallida declaración de independencia de octubre de 2017. Ponsatí debe acudir el martes al Congreso de los Diputados para jurar o prometer acatamiento a la Constitución antes de acceder a la condición plena de parlamentaria europea, según fuentes jurídicas. Este requisito de acatar presencialmente la Constitución en el Congreso figura en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), aunque quedó de hecho sin efecto tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que falló que el líder de ERC Oriol Junqueras gozaba de inmunidad parlamentaria mientras se encontraba en prisión provisional a la espera de la sentencia del procés, por la que fue condenado a 13 años de cárcel por sedición y malversación.

El órgano electoral ha citado para el martes a la una de la tarde tanto a Ponsatí, sobre la que pesa una orden europea de detención, como a los otros cuatro nuevos europarlamentarios electos que le corresponden a España tras la salida del Reino Unido de la UE, prevista para el 31 de enero. Los otros cuatro políticos citados para el trámite de acatamiento de la Ley Fundamental son Marcos Ros (PSOE), Margarita de la Pisa (Vox), Gabriel Mato (PP) y Adrián Vázquez (Ciudadanos).

La Junta Electoral Central, con su decisión de este jueves, da a entender que el trámite de jura o promesa en la Cámara baja sigue vigente pese a lo que se desprende de la resolución del Tribunal de Luxemburgo. La corte europea consideró a Junqueras miembro de pleno derecho de la Eurocámara pese a que la Sala de lo Penal del Supremo, que juzgó y sentenció la causa del procés, no le permitió en su momento acudir al Congreso para cumplimentar el requisito de acatamiento.

El pasado 9 de enero, la misma Sala de lo Penal comunicó al Parlamento Europeo que Junqueras está inhabilitado por sentencia firme, por lo que no se le autorizó a desplazarse a Bruselas a recoger el acta, como estaba previsto. La Eurocámara aceptó la decisión del Supremo y retiró al dirigente independentista la condición de miembro. Junqueras ha recurrido esta decisión del Parlamento Europeo ante el Tribunal General de la UE.

En esa resolución del 9 de enero, la Sala de lo Penal, presidida por Manuel Marchena, reconocía que la sentencia de Luxemburgo "acarrea trascendentales efectos", entre ellos que la adquisición de la condición de parlamentario europeo no depende ya de la cumplimentación de unos trámites formales ante la Junta Electoral Central, sino del hecho mismo de la proclamación como electo, y que se adquiere la condición de parlamentario, "sin necesidad de ningún desplazamiento para trámites burocráticos".

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Sobre la firma

Javier Casqueiro
Es corresponsal político de EL PAÍS, donde lleva más de 30 años especializado en este tipo de información con distintas responsabilidades. Fue corresponsal diplomático, vivió en Washington y Rabat, se encargó del área Nacional en Cuatro y CNN+. Y en la prehistoria trabajó seis años en La Voz de Galicia. Colabora en tertulias de radio y televisión.

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