Una portada renacentista en casa y con premio
La justicia concede a un vecino de Úbeda (Jaén) el derecho a una compensación económica, que la Administración le negó, por hallar unos valiosos restos arqueológicos durante una reforma en su domicilio
“Realmente, fue una sorpresa mayúscula, quién iba a pensar que nos íbamos a encontrar con una portada renacentista del siglo XVI”. Juan Francisco León Catena, un vecino de Úbeda (Jaén), no para de rememorar el impacto que él y su familia tuvieron hace cuatro años cuando se disponían a demoler el viejo inmueble que habían adquirido en pleno casco histórico de esta ciudad al que muchos consideran principal exponente renacentista del sur de Europa. Cuando empezaron a picar se toparon con la fachada del que fue antiguo hospital de San Jorge, un edificio atribuido al arquitecto Andrés de Vandelvira, que impulsó los principales monumentos de Úbeda y Baeza, ciudades declaradas Patrimonio de la Humanidad desde el año 2003.
Pero lo que Juan Francisco conoció más tarde era que por haber sido el descubridor casual de esta portada tenía derecho a un premio en metálico. Así lo establece la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 que delimita el concepto de hallazgos casuales a los que “se hayan producido por azar o como consecuencia de cualquier tipo de remociones de tierras, demoliciones u obras de cualquier índole”.
Y así fue cuando este vecino de Úbeda emprendió un pleito, aunque en 2018 ya sufrió su primer revés al desestimar la Junta de Andalucía, el organismo competente en materia de patrimonio histórico, la solicitud del derecho al premio en metálico que la Ley le otorgaba. León Catena, que tuvo que desistir de adquirir ese inmueble de la calle Cava y acabó comprando otro a apenas 100 metros de distancia, recurrió la resolución de la Consejería de Cultura del gobierno andaluz y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acabado por darle la razón.
El Alto Tribunal andaluz reconoce explícitamente el derecho a premio en metálico de Juan Francisco León Catena e insta a la Junta de Andalucía a iniciar el procedimiento para su abono. De momento, la sentencia insta a la constitución de la correspondiente comisión de valoración, compuesta por dos representantes de la Administración y uno de los demandantes, que será la encargada de la tasación del premio. En concreto, el fallo esgrime dos artículos de la Ley de Expropiación Forzosa y establece que se abone al demandante en concepto de premio, “el 50% del justo precio establecido por dicha comisión respecto de la parte de la portada que se halla en el inmueble de su propiedad y el 25% respecto de la parte que se encuentra en la casa siguiente, el número 12”. Igualmente tendrá derecho al premio en las mismas proporciones de todo lo que resulte descubierto como consecuencia de este hallazgo. “No sé cuánto dinero me corresponderá, pero lo importante es que se cumpla la Ley y se respete mi derecho a recibir un premio por el hallazgo”, comenta Juan Francisco.
La Junta de Andalucía argumentó para negarse a pagar el premio en metálico la excepción contemplada en el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, según la cual en la fachada localizada se encuentra, supuestamente, el escudo de los Messía, que está considerado emblema heráldico y catalogado Bien de Interés Cultural. Pero el TSJA esgrime en el fallo que la Administración autonómica “no ha acreditado que la portada formara parte de la capilla funeraria del Hospital del Santísimo Sacramento ni del escudo de los Messía, ni de su catalogación dentro del Patrimonio Histórico Andaluz”.
Y concluye el Tribunal, presidido por la magistrada Inmaculada Montalbán, que la Ley exige para que no proceda el pago del premio que el hallazgo se encuentre integrado en la estructura arquitectónica del inmueble y que este a su vez forme parte del Patrimonio Histórico Andaluz. “En este caso, si se reconociera que la portada pertenece a la capilla funeraria del referido hospital que no existe en la actualidad, solo se cumpliría con el primer requisito, no con el segundo, pues al no existir el hospital, no consta inscrito dentro del patrimonio histórico andaluz”, se indica en la sentencia.
Mientras tanto, la portada renacentista se mantiene inalterable y acordonada en las mismas condiciones en las que se descubrió, en noviembre de 2016. Juan Francisco León intentó, sin éxito, negociar con el Ayuntamiento de Úbeda la preservación de este bien patrimonial. Propuso mantener la fachada descubierta con vistas a la calle, aunque eso le supusiera una merma de la superficie del edificio, a cambio de que el Consistorio ubetense asumiera el coste de la rehabilitación del inmueble de cuatro plantas. De esa propuesta han pasado ya casi cuatro años, y el consistorio sigue sin pronunciarse.
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