PRISA y Zeta ultiman el recurso contra la sanción de Competencia
Las empresas consideran "ilegal" la multa por el acuerdo de comercialización publicitaria
El grupo PRISA (editor de EL PAÍS) y el grupo Zeta (editor de El Periódico) han recurrido ante la Audiencia Nacional la denegación por parte de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) de su solicitud de terminación convencional del acuerdo que ambas compañías firmaron en 2009 para comercializar publicidad conjuntamente en sus medios impresos. La CNC entiende que aquel pacto alteraba “las condiciones competitivas del mercado” aunque no se llegó a aplicar.
Los dos grupos de comunicación ultiman también la presentación de un recurso ante la Audiencia Nacional contra la resolución de la CNC de finales de noviembre, que impone una multa de 478.611 euros a PRISA y otra de 75.931 euros a Zeta. Ambas compañías consideran que la sanción es “ilegal”, entre otros motivos porque dicho acuerdo no tuvo ningún efecto. Además, consideran que la CNC ha utilizado un trato diferente en expedientes sancionadores semejantes. El órgano regulador apreció conductas anticompetitivas en el acuerdo que en su día firmaron Vocento (Abc) y Godó (La Vanguardia). Pero en este caso la CNC sí aceptó la solicitud de terminación convencional. El acuerdo de PRISA y Zeta ha sido medido, pues, con un baremo diferente. Máxime cuando el procedimiento iniciado en 2009 se inició después de que PRISA y Zeta comunicasen voluntariamente a las autoridades reguladoras el acuerdo de concentración. Además, dieron total publicidad a ese pacto y especificaron en la nota de prensa conjunta que estaba pendiente del visto bueno de Competencia. Esta alianza tenía como objetivo comercializar los espacios publicitarios en los diarios generalistas (EL PAÍS y El Periódico) y deportivos (As y Sport) de los dos grupos.
La CNC inició el procedimiento sancionador contra un acuerdo que nunca entró en vigor porque estaba, precisamente, condicionado a la obtención de esa autorización. En una resolución de 2011, el regulador considera que se trata de un acuerdo de comercialización conjunta entre competidores “de cierta entidad” que incluyen “ciertas restricciones innecesarias para el desarrollo competitivo del acuerdo”, como la coordinación entre las partes para fijar los precios. PRISA y Zeta insisten en que plantearon en tiempo y forma la terminación convencional ofreciendo una serie de compromisos que, al menos, daban como resultado el mismo nivel de eficiencias que en el expediente sancionador de los competidores. Sin embargo, la CNC desestimó la solicitud de terminación convencional de PRISA y Zeta.
Durante ese proceso, la CNC aprovechó para extender el expediente sancionador al acuerdo que en 2002 habían firmado estos dos grupos para comercializar la publicidad de sus suplementos El País Semanal y El Dominical. Esta estructura funcionó sin que hubiera denuncia por parte de ningún competidor. Tampoco las agencias de publicidad o los anunciantes objetaron la alianza, porque entendían que no distorsionaba la competencia. Además, el acuerdo generó eficiencias, ya que permitió a Zeta y a otros títulos incluir un suplemento dominical y atraer así a nuevos lectores, y el coste de anunciar en los dominicales bajó respecto al coste anterior.
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