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El debate del juicio por el asesinato de Laura Luelmo: informar del caso o proteger la intimidad de la víctima

Expertos en derecho creen justificado que el proceso se desarrolle a puerta cerrada, pero alertan del precedente que se crea para hablar de “delitos que son de interés público”

Jesús A. Cañas
Caso Laura Luelmo
Bernardo Montoya (i), presunto autor del asesinato de Laura Luelmo, junto a su abogado, Miguel Rivera en la Audiencia Provincial de Huelva, momentos antes de que se declarase el juicio cerrado a los medios.PACO PUENTES (EL PAÍS)

El pasado 26 de octubre la familia de Laura Luelmo, la profesora asesinada en diciembre de 2018 en El Campillo (Huelva), escribió al magistrado que en estos días juzga al autor confeso, Bernardo Montoya. Se quejaban de cómo el tratamiento mediático del caso en etapas procesales anteriores les había producido “una grave perturbación”, por lo que consideraban una grave intromisión en su privacidad que les había llevado a “revivir lo sucedido sin descanso”. Ese argumento, el de la intimidad y el sufrimiento añadido, es justo el que ha llevado al juez Florentino Gregorio Ruiz Yamuza —con la conformidad de todas las partes del proceso— a vetar el acceso de los medios a la sala. La controvertida decisión ha derivado en un debate entre el derecho a la intimidad de las víctimas y el derecho de la sociedad a ser informada de una actuación judicial.

La decisión ha opacado por completo la información del desarrollo de las sesiones en las que un jurado popular debe confirmar o rechazar que Montoya, asesino confeso y presunto agresor sexual de Luelmo, acabe condenado a una pena de prisión permanente revisable. Y eso ha derivado en una airada queja de la Asociación de la Prensa de Huelva —secundada por federaciones y colegios de periodistas de toda España— ante lo que consideran “un cerrojazo informativo” que sienta un precedente en el derecho a informar. Las entidades han asegurado que estudian tomar medidas legales contra la decisión, aunque aún no han especificado cuáles y si finalmente las materializarán.

Tanto la propia Constitución como la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Criminal protegen la publicidad de las actuaciones judiciales “como garantía de transparencia y para fortalecer la confianza de los ciudadanos en los tribunales”, tal y como reconoce el auto del propio Ruiz Yamuza publicado este martes. Aunque también recogen la excepción “cuando concurran razones de orden público o de protección de los derechos y libertades”, como también recuerda el mismo pronunciamiento. Es justo a esa singularidad a la que el magistrado se ha agarrado para priorizar “el derecho de la víctima a no ver incrementados los padecimientos inherentes a la pérdida sufrida, con el daño moral derivado de la exposición pública de una serie de hechos que serán objeto de examen en el desarrollo del juicio”.

El catedrático de Derecho Penal de la Universitat de les Illes Balears Eduardo Ramón cree que el auto está bien justificado y emana de la mayor protección que tienen las víctimas, tras la aprobación de su Estatuto, recogido en la Ley 4/2015. “Antes, el proceso tenía en cuenta más al acusado. El concepto de víctima ha ido creciendo, incluso en este caso, en el que la víctima ha fallecido, que podría parecer más complejo, pero es que está la familia”, razona el profesor. Justo en ellos se centra Mariti Pereira, responsable de la Federación de Asociaciones de Asistencia a Víctimas de Violencia Sexual y de Género (Famuvi), para defender que el juicio sea a puerta cerrada. “La familia de Luelmo va a tener que revivir cómo la violó, oír a los forenses, a los policías…. Y luego ver que se refleja con la mayor barbaridad del mundo en algunos medios”, denuncia la experta, informa Pilar Álvarez.

“La libertad de informar tiene un orden preferente, pero eso no puede justificar intromisiones ilegítimas en los derechos de las personas”, abunda el profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Murcia Germán M. Teruel. De hecho, no es la primera vez que se opta por declarar a puerta cerrada determinadas sesiones, partes o juicios completos en los que se juzgan casos de agresión sexual o de delitos contra menores. Sin embargo, en no pocos procesos —así sucedió en el caso del niño Gabriel de Almería— se opta precisamente por excluir al público solo en las sesiones más delicadas, como aquellas en las que se exponen las pruebas periciales o en las que comparecen los forenses, algo que en el caso de Huelva comenzará a partir de este miércoles.

Es ahí donde Ramón ve el resquicio para la duda: “La virtud podría haber estado en el término medio”. Lo mismo cree Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, que considera que, aunque el auto está motivado en “evitar victimización secundaria, no explora la posibilidad de secreto parcial, que hubiera sido más proporcionado para no sacrificar completamente el derecho a la información”. Teruel opina que, de cualquier forma, el caso de Luelmo ha tenido una serie de condicionantes que lo hacen una singularidad, como el hecho de que todas las partes —Fiscalía, acusaciones e incluso la defensa— hayan apostado por cerrar las sesiones: “Este cerrojazo hay que entenderlo como una excepción. A partir de ahí todos tenemos que hacer una reflexión colectiva de cómo se cubren este tipo de juicios, más allá de lo jurídico, sino en lo deontológico”.

Sentar un precedente

El catedrático Ramón teme que se pueda acabar por sentar un precedente que se repita en más ocasiones. “Lo preocupante es que razones como estas las encontraríamos muchísimas veces y la excepción podría ser que, con el tiempo, se desmereciese la propia palabra ‘excepción”, razona el catedrático. Y justo ahí donde podría aparecer el problema, ya que el acceso solo a las sentencias, como ocurrirá en este caso, hurta la posibilidad de debates ciudadanos que, a su vez, pueden derivar en cambios legislativos, como ocurrió en el caso de La Manada. “Si esto se repitiese, la sociedad en su conjunto saldría perdiendo a la larga. Son delitos que son de interés público y ese seguimiento es un bien constitucional. El derecho penal siempre ha tenido que salir a lo público”, explica el catedrático, autor del libro La Manada: un antes y un después en la tipificación de las agresiones y los abusos sexuales en España.

Por ahora, el cerrojazo en el juicio de Luelmo ha tenido el efecto de que la única referencia de lo que sucede en el proceso es la que aporta el abogado de la defensa. El caso que en diciembre de 2018 conmocionó a la opinión pública española suscitó el interés de más de 30 medios que se acreditaron para seguir las sesiones tanto presencial como telemáticamente, a través de una señal de vídeo que apenas llegó a funcionar.

Desde la decisión del magistrado, todos esos redactores y cámaras esperan con paciencia a las puertas de la Audiencia de Huelva a que alguna de las partes les quiera atender. Todas, incluida la Fiscalía, se niegan, salvo el abogado de la defensa, Miguel Rivera, que ya lleva dos días aportando detalles parciales y confusos con los que intenta que Bernardo Montoya se libre de la prisión permanente revisable.

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Sobre la firma

Jesús A. Cañas
Es corresponsal de EL PAÍS en Cádiz desde 2016. Antes trabajó para periódicos del grupo Vocento. Se licenció en Periodismo por la Universidad de Sevilla y es Máster de Arquitectura y Patrimonio Histórico por la US y el IAPH. En 2019, recibió el premio Cádiz de Periodismo por uno de sus trabajos sobre el narcotráfico en el Estrecho de Gibraltar.

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