La ley de familias da a los trabajadores hasta nueve días remunerados al año para atender urgencias y cuidados de familiares enfermos
Las parejas de hecho dispondrán de 15 días libres cuando formalicen su situación en el registro, igual que los matrimonios
El anteproyecto de la ley de familias, que pasará por el Consejo de Ministros el próximo martes, recoge un amplio paquete de medidas de conciliación. Entre ellas, los trabajadores dispondrán de nuevos permisos remunerados. Contempla un permiso de cinco días por cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, nietos o hermanos) o convivientes que hayan sufrido un accidente o enfermedad graves. Además, estab...
El anteproyecto de la ley de familias, que pasará por el Consejo de Ministros el próximo martes, recoge un amplio paquete de medidas de conciliación. Entre ellas, los trabajadores dispondrán de nuevos permisos remunerados. Contempla un permiso de cinco días por cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, nietos o hermanos) o convivientes que hayan sufrido un accidente o enfermedad graves. Además, establece que el empleado “tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata”. Podrán ser retribuidas, como máximo, las horas de ausencia equivalentes a cuatro días al año, de la forma en la que se regule en los convenios colectivos. Es decir, en suma hasta nueve días anuales. La ley, que plantea un marco de referencia para establecer una protección mínima en todo el territorio a todos los tipos de familia, algo que había recomendado la OCDE, pretende acabar con la “fragmentación y falta de equidad del conjunto de normas” que hay en el país sobre la materia. Además, reconoce derechos específicos a determinados hogares, como, por ejemplo, los monoparentales.
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha pasado meses trabajando en la elaboración de la ley, y aún hay temas que continúan sobre la mesa de negociación con el resto de ministerios, según ha podido saber este diario, especialmente de armonización con otras normativas. El borrador del anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PAÍS y que fue adelantado por Abc, detalla que su objetivo es el reconocimiento jurídico de los diversos tipos de estructuras familiares, determinar a qué prestaciones y servicios tienen derecho según sus características, y la reducción de la pobreza infantil. Para ello, incluye medidas que se aplicarán a todas las familias, como por ejemplo que las administraciones públicas desarrollen “un marco estatal para acompañar en los primeros mil días de vida de los niños” (para garantizar que “tengan condiciones mínimas de bienestar” en esta etapa), que apoyen a los hogares en la gestión de conflictos o que promuevan “las actuaciones necesarias para que las personas, en particular las mujeres, no se vean obligadas a abandonar sus trabajos, ni sus carreras profesionales por razones de cuidado”. Incorpora también iniciativas específicas para determinados tipos de familias, por ejemplo las que están en situación vulnerable o las monoparentales. La memoria económica prevé una inversión de 628 millones de euros anuales.
El anteproyecto transpone la directiva europea de conciliación de 2019, para lo cual se modifican varios artículos del Estatuto de los Trabajadores. Los empleados dispondrán de cinco días remunerados por “accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario” tanto del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (es decir, suegros, etc.), así como de “cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera” de su cuidado. Hasta ahora solo se recogían dos días de permiso retribuido por motivos como fallecimiento o enfermedad grave de parientes de hasta segundo grado. También contarán con un nuevo permiso parental para el cuidado de los hijos del que podrá hacerse uso de manera continua o discontinua hasta que los menores cumplan ocho años, que en 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho. La directiva establece que este permiso debe ser retribuido, pero en el anteproyecto no consta como tal, aunque en la exposición de motivos se detalla que “los Estados miembros cuentan con un plazo de transposición para ello que termina el 2 de agosto de 2024″. Asimismo, recoge que tendrán derecho a solicitar las adaptaciones de duración y distribución de la jornada laboral no solo quienes tengan hijos menores de 12 años, también quienes necesiten cuidar a sus hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, “así como de otras personas dependientes cuando, en este último caso, convivan en el mismo domicilio”, debiendo justificar el porqué de su petición.
Fuentes de Derechos Sociales confirmaron esta semana que este permiso parental iría incluido en la ley, igual que informaron de que quedaría recogida la ampliación de la renta crianza de 100 euros al mes para familias con niños de hasta tres años. La ministra Ione Belarra (Unidas Podemos) había defendido numerosas veces en los últimos meses la creación de una prestación universal por crianza, como pedían las organizaciones de infancia, e incluso la OCDE instó a España a explorar su creación. Se trata de una prestación que tienen muchos países del entorno (España invirtió en familia e infancia el 1,3% del PIB en 2019, frente al 2,3% de media en la UE). Sin embargo, en la negociación de los Presupuestos con el socio de la coalición, el PSOE, no se llegó a tanto, según trascendió entonces. Se logró una medida que queda recogida en la ley: también podrán beneficiarse de la actual deducción fiscal para madres trabajadoras con niños en este tramo de edad quienes perciban una prestación por desempleo o hayan cotizado a la Seguridad Social al menos 30 días después del nacimiento del bebé. Esta ayuda será incompatible con el complemento de infancia del ingreso mínimo vital (100 euros al mes para familias vulnerables con niños de hasta tres años). Sumando ambas ayudas, fuentes de Derechos Sociales puntualizaron entonces que se está cerca de la universalidad en estas edades.
Además de estas medidas, el anteproyecto también incorpora novedades en cuanto a las parejas de hecho. Se prevé la creación de un registro estatal de las parejas de hecho que hayan sido previamente inscritas en los específicos de las comunidades autónomas, entidades locales y las que se hayan formalizado a través de un documento público. Estas parejas dispondrán, igual que quienes contraen matrimonio, de 15 días libres cuando formalicen su situación en el registro. Y se permite que accedan a los permisos de cuidados de los que pueden disponer las parejas casadas (por ejemplo, los dos días libres que tenían los trabajadores en caso de familiares no contemplaban a las parejas de hecho).
El borrador del anteproyecto incluye asimismo iniciativas específicas para mejorar la protección a determinados tipos de familias. Por ejemplo, las numerosas pasan a englobarse en una categoría más amplia, la de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza (así pasará a denominarse esa ley), que engloba a otros tipos de hogares que equiparan sus derechos con los de las numerosas, con los consiguientes beneficios fiscales y otras ayudas que ello conlleva. Entre ellos, las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o un cónyuge que haya obtenido la guarda y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, así como las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad. También las familias monoparentales con dos hijos.
Respecto a estas últimas, hay más novedades. Todas contarán con un título que les acredite como tal ante cualquier administración o entidad pública o privada, que será expedido por las administraciones autonómicas y tendrá validez en todo el territorio nacional, sin necesidad de trámites adicionales. Será considerada una familia monoparental la que cuente con un solo progenitor, o cuando la guarda y custodia sea exclusiva de uno de ellos sin derecho a percibir pensión de alimentos, entre otras situaciones. El título estará vigente, con carácter general, hasta que los hijos cumplan 21 años, que puede elevarse hasta los 26 si continúan sus estudios. Este título será compatible con el de familia con mayores necesidades de apoyo. Las familias monoparentales deberán tener acceso a beneficios como ser “sector preferente” en la puntuación de los baremos para acceder a viviendas de protección oficial, y las comunidades autónomas deberán arbitrar medidas para garantizar que los niños de estas familias dispongan de acceso gratuito a centros de educación infantil durante al menos 16 semanas en los 24 primeros meses de vida o adopción o acogimiento.
Sin embargo, una de las principales medidas reclamadas por las familias monoparentales, la equiparación de permisos de maternidad y paternidad a los de las familias con dos progenitores, ha quedado fuera del texto, pese a que sí estaba en la propuesta inicial de Belarra. La ministra también había defendido la ampliación de los permisos de maternidad y paternidad, para el conjunto de la población, de las 16 semanas actuales hasta 24, pero es una medida que no consiguió incorporarse ni en las cuentas de 2022 (cuando la medida se negoció entre los dos socios de gobierno) ni tampoco consta en el anteproyecto de la ley de familias.
Familias en situación de vulnerabilidad
También se recogen medidas específicas para familias en situación de vulnerabilidad con menores a cargo, como bonificaciones de las tasas o precios públicos y prioridad en el acceso a actividades organizadas por las administraciones públicas en centros públicos o concertados, como por ejemplo actividades extraescolares o campamentos de verano, entre otras medidas. Las administraciones impulsarán medidas para prevenir la discriminación de las familias LGTBI y promoverán la visibilidad de la diversidad familiar en el currículum educativo. El respeto a la diversidad familiar debe ser un principio del sistema educativo, y los formularios y cuestionarios para el alumnado no podrán contener epígrafes que no sean inclusivos. Asimismo, se habla de familias reconstituidas, es decir, cuando uno de los progenitores vuelve a emparejarse. Deberá regularse de forma explícita “el alcance de las relaciones” de los menores con las figuras parentales que no tienen atribuida la patria potestad sobre ellos, “de forma que se pueda atribuir al cónyuge o conviviente en pareja estable” alguna forma de responsabilidad parental y se definan derechos y obligaciones, siempre escuchando a los niños.
Por otro lado, se reconoce el “derecho subjetivo” de los menores y sus familias a la atención temprana, algo que actualmente no está recogido de esta forma en la legislación. Se trata de unos servicios que se deben prestar lo antes posible (hasta los seis años) para paliar necesidades de los niños con trastornos de desarrollo, cuya competencia es autonómica y que presenta grandes diferencias territoriales. También se mejoran los permisos y prestaciones a los que se tendrá derecho en caso de acogimiento temporal de menores.
Esta norma es parte del acuerdo de coalición entre los dos socios de Gobierno, y hay un compromiso con la Unión Europea, en el marco de los Fondos de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que sea aprobada definitivamente antes de junio del año que viene. Cuando se anunciaron los Presupuestos de 2023, los dos socios de la coalición anunciaron que se tramitará de urgencia. Los plazos, aun así, son muy ajustados para que su tramitación termine esta legislatura. Tras su previsible aprobación el próximo martes, debe recibir informes de órganos consultivos y volver a pasar en segunda vuelta por Consejo de Ministros antes de pasar a las Cortes.