Los discos duros y el ADSL, excluidos del canon digital
El Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley que traspone a la legislación española la Directiva de la Sociedad de la Información
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de Ley que traspone a la legislación española la Directiva de la Sociedad de la Información, que regula por primera vez el canon por copia privada en el entorno digital y del que se excluye a los discos duros de ordenador y las conexiones ADSL. Aprobado a propuesta de los Ministerios de Cultura y de Industria, Comercio y Turismo, el proyecto establece "un marco equilibrado" entre los derechos de los autores y su adecuación a la realidad tecnológica digital, informó el ministerio que dirige Carmen Calvo.
El texto plantea varias novedades, una de ellas, la regulación, por primera vez, del régimen de copia privada -canon- en el ámbito digital, con el fin de "armonizar los derechos de los autores y los de fabricantes, importadores y distribuidores de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación por la reproducción".
Sin embargo, no se ha modificado la regulación del canon en el entorno analógico, que se mantiene igual. El texto prevé que, en un plazo de cinco meses desde su aprobación, los sectores implicados acuerden una relación de los equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de compensación -canon- por los derechos de autor, así como su cuantía.
Revisado cada dos años
El acuerdo será propuesto a los Ministerios de Cultura e Industria, Comercio y Turismo que decidirán, previa consulta al Consejo General de Consumidores y Usuarios. Este proceso se reabrirá cada dos años para adecuar los cánones a la evolución de las tecnologías. En cualquier caso, "el Proyecto aprobado por el Consejo de Ministros excluye expresamente de este listado los discos duros de ordenador y las conexiones ADSL, y todos los sistemas de almacenamiento que no se usen preferentemente para copias", aclara Cultura.
Se trata de garantizar así "un entorno seguro al despliegue" de la sociedad de la información, mediante un "régimen flexible, transparente y ágil para el establecimiento de la compensación por copia privada en el ámbito digital", según las mismas fuentes.
Otra de las novedades es "el derecho de puesta a disposición interactiva", que busca regular "expresamente el uso y explotación de obras en Internet con la autorización de los autores o de los titulares de los derechos", cuyos "derechos morales no prescriben".
Dispositivos anticopia
Por otro lado, se imponen "unos límites" que afectan a reproducción, distribución y comunicación pública de las obras y que pretenden conjugar los intereses de los creadores con la investigación, la enseñanza o la información. Los casos en los que se pueden utilizar obras sin necesidad de contar con el consentimiento de los autores son: bibliotecas y establecimientos análogos, profesores de enseñanza reglada dentro de las actividades docentes, personas discapacitadas o procesos judiciales.
Otra de las cuestiones tratadas son los dispositivos "anticopia" de las obras, pues, en línea con la política del Gobierno de lucha contra la piratería, se considerarán "infracciones" las actividades que sirvan "para eludir las medidas tecnológicas con que los titulares de derechos hayan protegido sus obras".
Este proyecto de Ley, que se remite ahora a las Cortes, transpone una directiva que tenía que haber sido incorporada a la legislación española antes del 22 de diciembre de 2002, una demora que ha supuesto una condena del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, recalcó el Ministerio de Cultura.
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