Las empresas del Ibex 35 incumplen la ‘ley Anticookies’
Las sociedades no informan a los usuarios de sus web del uso que hacen de sus hábitos de navegación
Las empresas del Ibex-35 y las 20 principales anunciantes en Internet incumplen la llamada ley Anticookies, que obliga a las empresas a informar al usuario de su web de la utilización de las cookies -la huella que deja el recorrido de un usuario en su navegación por la red- y a solicitar la aceptación expresa de las mismas, especialmente de las denominados “de tercera parte”, las más invasivas y que están vinculadas a dominios externos a la propia empresa, según un estudio elaborado por la consultora Divisadero.
El informe pone de manifiesto que ninguna ha incorporado una lista de cookies en sus políticas de privacidad, aunque el 69% de las empresas del Ibex35 hace mención a su uso en dichas notificaciones. Así, mientras que las empresas del IBEX utilizan una media de 12 cookies en sus webs corporativas, los principales anunciantes on line muestran una media de 41 cookies “de tercera parte”, para las que son exigibles, según la nueva normativa. Y ninguna de ellas solicitan permiso a sus usuarios antes de servir cookies de “tercera parte”.
Un 64% de las cookies de las empresas del Ibex-35 y un 82% de los de las principales empresas anunciantes corresponde a cookies de “tercera parte”, representando las analíticas, de uso interno y destinadas al mantenimiento de la presencia digital, el 37% del total, entre los 20 primeros anunciantes en Internet y el 66,5% en las empresas del Ibex-35. De las que tienen fines publicitarios, el 63,4% corresponde a los 20 primeros anunciantes en Internet y el 33,5% a las empresas del Ibex-35.
El pasado 3 de abril vio la luz, mediante la modificación del artículo 22.2 de la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico), la llamada ley Anticookies , fruto de la adaptación de la Directiva Europea e-privacy. Esta directiva busca regular el uso del rastreo de la información de los usuarios a través de las cookies.
El incumplimiento del artículo 22 de la LSSI es considerado como infracción leve y lleva aparejado una sanción de 30.000 euros. Será la Agencia Española de Protección de Datos quien, de oficio o a partir de una denuncia, pueda actuar fiscalizando el cumplimiento de la misma.
Entre las conclusiones más llamativas, el informe destaca que las cookies afectadas por el nuevo marco legal, las de “tercera parte”, son las más usadas en los portales web, tanto en las empresas del Ibex-35 como de los 20 primeros anunciantes en Internet, pero ninguna pide permiso previo a la hora de servir este tipo de cookies.
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