Reducción de jornada laboral: Para quién aplica y qué hacer si las empresas no cumplen
La Ley 2101 ya entró en vigor, y es obligación de los lugares de trabajo adaptarse a los requerimientos de esta iniciativa, que para el 2026 proyecta que los empleados cumplan con un máximo de 42 horas semanales
Desde el 16 de julio de 2023 en Colombia se redujo la jornada laboral para establecer un máximo de 47 horas trabajadas por semana. Aunque la Ley 2101 fue aprobada en el año 2021, una vez que entró en vigor surgieron dudas sobre cómo se aplica y qué hacer en caso de que las empresas no cumplan con la reducción de horas. Esta iniciativa modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y aplica para todos los trabajadores del sector privado, es decir, las personas naturales que estén bajo contratos laborales con empresas particulares.
La excepción son los servidores públicos —a menos que sus relaciones laborales se determinen por el Código Sustantivo del Trabajo— y los menores de edad que cuentan con permiso del Ministerio de Trabajo. Con este cambio a la ley, las empresas quedaron exoneradas de El Día de la Familia y las dos horas destinadas a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación, con la condición de que en los lugares de trabajo se haya acatado la nueva medida.
En cualquier caso, no se debe disminuir el salario, las prestaciones, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, como lo afirmó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos en un comunicado. El asunto de las horas extras, recargos nocturnos, dominicales y días festivos trabajados se deben liquidar según el aumento implementado a la hora diaria que deriva de la Ley 2101.
Está establecido que conforme pasen los años se seguirá reduciendo la jornada laboral gradualmente, el 16 de julio de 2024 pasará a ser de 46 horas; el 16 de julio de 2025 pasará a 44 horas y, finalmente, a partir del 16 de julio de 2026 será de 42 horas por semana.
¿Qué pasa con la hora del almuerzo?
Si bien la Ley 2101 no hace mención de la hora del almuerzo, el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo establece que es obligatorio que la jornada cuente con un tiempo de descanso. “Las horas de trabajo durante cada jornada deben distribuirse al menos en dos secciones, con un intermedio de descanso que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores. El tiempo de este descanso no se computa en la jornada”, se establece en el decreto.
¿Cómo denunciar el incumplimiento de la Ley 2101?
De acuerdo a Edwin Palma, viceministro de relaciones laborales e inspección del Ministerio de Trabajo, las dudas y reclamos en cuanto a esta nueva iniciativa se atenderán en las inspecciones laborales disponibles en todo el territorio colombiano. También están disponibles los canales oficiales del ministerio, organismo que implementará una investigación administrativa y, en caso de que se descubra alguna irregularidad, aplicará sanciones y multas a las empresas que no cumplan.
Otra solución para los empleados es comenzar un proceso ordinario legal, cuya complejidad determinará si se necesita el acompañamiento de un abogado durante el proceso ante el juez.
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