Los jueces y magistrados no podrán sindicarse ni afiliarse
Los jueces, magistrados y fiscales no podrán desempeñar cargos públicos ni pertenecer a partidos políticos ni sindicatos, pero sí podrán ser miembros de asociaciones profesionales, de acuerdo con lo que determine la ley. Este es el contenido del artículo 119 del anteproyecto de la Constitución aprobado en la tarde de ayer en la Comisión, tras un debate en el que socialistas, comunistas, Minoría Catalana y PNV quisieron eliminar la prohibición de sindicación y afiliación.
La Minoría Catalana presentó una enmienda in voce, que fue incorporada, por la que se eliminaba la prohibición de pertenecer a asociaciones profesionales, que también figuraba en el texto de la ponencia. La mencionada enmienda fue aprobada por unanimidad.El debate, que se desarrolló siempre en términos muy corteses y respetuosos entre los portavoces de los distintos grupos, se inició con la propuesta por parte del señor López Rodó (AP), de que se eliminara completamente la referencia a las asociaciones, profesionales, sin que se incorporara ningún texto nuevo.
Miguel Roca, de la Minoría Catalana, hizo una defensa de sindicación y afiliación de los jueces, que, según dijo, no afecta en nada a su independencia, garantizada en otros artículos de la Constitución. Señaló que esta prohibición generará muchos problemas. «Un juez podrá ser socialista o comunista, pero no podrá pertenecer al partido correspondiente. El problema será determinar dónde empieza la organicidad», añadió. Ofreció una redacción alternativa por la que se prohibiera a los jueces y magistrados actuar públicamente como miembros de un partido político.
Pablo Castellano, del Grupo Socialista, basó su argumentación a favor del derecho de los miembros de la carrera judicial a sindicarse y afiliarse en la necesidad de no confundir independencia como apoliticidad. «La redacción actual siembra la más absoluta suspicacia -dijo- porque parece como si la asunción de una ideología fuera un impedimento para actuar con independencia.» Agregó que se estaba introduciendo una discriminación incompatible con anteriores artículos de la Constitución que prohiben la investigación de las creencias de los ciudadanos. «Si se cree que la afiliación política es un obstáculo a la independencia, ¿por qué no se le prohibe, por ejemplo, a los funcionarios de Hacienda?», añadió.
El señor Castellano estimó que se había producido un movimiento pendular, y que de obligar a los jueces a jurar los principios fundamentales del Movimiento se pasaba a prohibirles la pertenencia a cualquier partido.
Por UCD se opuso a las enmiendas catalana y socialista el señor Gil Albert, quien afirmó que no se estaba poniendo en duda la posibilidad de que alguien que pertenezca a un partido actúe con plena independencia y honestidad. «El problema lo suscita el prestigio y la naturaleza de la función de jueces, magistrados y fiscales». dijo. «La adscripción política de los jueces procluce recelo y, nos importa mucho que no exista desconfianza en el que va a recibir la justicia», añadió.
El comunista Solé Barberá insistió en los argumentos favorables a la autorización de la sindicación y afiliación. «Debemos tomar una decisión que permitirá dar la imagen de que esta Constitución tendrá larga vigencia», explicó. Señaló más adelante que no existía la posibilidad real de evitar la ads cripción ideológica de los miem bros de la carrera judicial e, incluso, su pertenencia a un partido. «Estamos empujando a la clandestinidad -añadió- a los hombres que consideren que es su derecho o su deber afiliarse a un partido o a un sindicato.»
Nuevamente se opuso a las enmiendas UCD a través del señor Bolea, quien señaló que existía cierta incongruencia en los planteamientos de los enmendantes, la afiliación no afectaba a la imacen de la juricatura, ¿por qué prohibir que participen en actos públicos? «El temor de todos nosotros -prosiguió- no es que los jueces modifiquen su actuación, sino que el pueblo que espera justicia confíe en quien la administra.»
Pablo Castellano intervino nuevamente para resaltar que, a su juicio, el tema había derivado hacia un puro formulismo. «No se va a impedir nunca la afinidad ideológica de los miembros de la carrera judicial con partidos políticos. »
Finalmente, Miguel Roca propuso una enmienda in voce transaccional «y que como tal, no satisfará plenamente a nadie», dijo, por la que se introducía únicamente la posibilidad de crear, formar e integrar asociaciones profesionales.
Todas las enmiendas y votos particulares que proponían la autorización de la sindicación y afiliación fueron votadas conjuntamente y derrotadas por dieciocho votos en contra (UCD y AP) y trece a favor (socialistas, comunistas, PNV, Minoría Catalana y Grupo Mixto).
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