A sí se caen las casas
El hundimiento y la consiguiente ruina de la casa de Cardenal Cisneros, 15 (EL PAÍS, 21 de enero; Ya, 23 de enero) pone de manifiesto la impotencia de la Administración para hacer cumplir sus órdenes: la propiedad de la finca no ejecutó las obras que le habían sido ordenadas por la Gerencia de Urbanismo. parte de la casa se hundió, se la declara en ruina y asunto concluido. La desobediencia a la autoridad se ve así recompensada. Menos mal que en este caso no ha habido víctimas.Nosotros. los vecinos de las plantas tercera y cuarta de la casa que ocupamos, Claudio Coello, 37, con entrada también por Goya, 8, tememos que nos ocurra lo mismo, ya que la empresa propietaria, Esfera, SA. Fuencarral, 123, emplea la misma táctica que tan buenos resultados da.
Expondremos brevemente los hechos, prescindiendo de detalles que entran de lleno en la más genuina picaresca.
En septiembre de 1976, con pretexto de la supuesta caída de una chimenea, Esfera, SA, en vez de llamar a los albañiles, llamó a los bomberos, que derribaron unas cuantas más y pisotearon a fondo el tejado. Desde entonces padecemos increíbles goteras, que, según declara el jefe de bomberos (EL PAÍS, 21 de enero de 1979), son las que ablandan morteros, pudren vigas y ocasionan la caída de los edificios.
Denunciamos esto a la Delegación Provincial de la Vivienda, que en 1º de abril de 1977 dictó una resolución ordenando a Esfera, SA, efectuar las obras necesarias y reparar el ascensor. Según la ley de Procedimiento Administrativo, estas resoluciones son ejecutivas: lo ordenado ha de llevarse a cabo, pero no se hizo nada. La propiedad recurrió ante la Dirección General, que confirmó (noviembre de 1977) la resolución recurrida. Esfera siguió ignorando las órdenes recibidas y recurrió ante la audiencia territorial, alegando -igual que en el caso de Cardenal Cisneros- que existía un expediente de ruina en el Ayuntamiento. Ahora estamos pendientes de sentencia de la Sala Tercera, y esperamos que si no le es favorable, Esfera recurra al Supremo. Mientras tanto las goteras siguen haciendo su trabajo a favor de la propiedad, que, además, nos ha castigado sin ascensor, inmovilizado desde el 2 de enero de 1978, aunque tiene orden de repararlo de la Delegación del Ministerio de Industria, nada menos que desde 1973. Varios de los vecinos de la planta cuarta tienen más de ochenta y hasta de noventa años; otros padecen enfermedades cardiovasculares, por lo que la falta de ascensor les es particularmente penosa.
Naturalmente que hemos puesto todos estos hechos en conocimiento de los organismos citados, que seguramente lo lamentan mucho, pero dicen no poder hacer nada.
¿Es que a pesar de lo prescrito en la ley de Procedimiento Administrativo la Administración no puede obligar a que se cumplan sus órdenes?
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