Compatibles a la carta
LA NOTICIA de que las mesas del Congreso y del Senado han resuelto, mediante una disposición transitoria del Estatuto de Personal de las Cortes Generales, excluir del régimen de incompatibilidades a los funcionarios parlamentarios con antigüedad superior al 31 de diciembre de 1982, esto es, reconocerles el derecho excepcional a hacer compatibles el desempeño de cargos y la percepción de remuneraciones que les es negado al resto de los funcionarios del Estado, constituye uno de los hechos más escandalosos producidos desde que los socialistas lograron la mayoría en ambas cámaras. Mientras el Gobierno aprieta las clavijas de las retenciones fiscales, arrostra los enormes costes sociales del plan de reconversión industrial, exige a los funcionarios estatales el cumplimiento de la jornada laboral y trata de poner en práctica un régimen razonable de plena dedicación, los diputados y senadores elegidos por sus pares para ordenar los debates, administrar los recursos y representar al Congreso y al Senado se han apresurado a insertar en el Boletín Oficial del Estado, en vísperas de la entrada en vigor de la ley de Incompatibilidades, una disposición que implica un trato privilegiado a los distintos cuerpos que trabajan dentro del ámbito parlamentario.La medida es, al tiempo, insolente e ineficaz. El Estatuto de Personal de las Cortes Generales exime del régimen de incompatibilidades a los funcionarios de las cámaras que hayan ingresado a su servicio antes del 31 de diciembre de 1982, como si la antigüedad fuera un grado para el abuso. El presidente del Congreso, cuyo mandato está sometiendo a la Cámara baja a despilfarros injustificados, disciplinas colegiales y boatos ridículos, justifica esa cacicada de las mesas, contradictoria con la política general de los socialistas, con el argumento de que se trata de una decisión interna de las cámaras. Claro que el sol no siempre alumbra a gusto de todos, y el letrado de las Cortes que fue nombrado por Gregorio Peces-Barba para sustituir a Nicolás Pérez Serrano en la secretaría general del Congreso ha tenido la desfachatez de mostrar su disentimiento con la disposición transitoria, "ya que no consagra la situación de compatibilidad sin límite ni cortapisa que teníamos antes".
Con independencia de la anomalía implicada en que los reglamentos y los presupuestos de las cámaras tengan que ser votados por el Pleno del Congreso y del Senado mientras que su estatuto de personal haya sido aprobado sólo por las mesas, pese a que la Constitución engloba en un mismo artículo esas tres actuaciones, asombra que los órganos de gobierno parlamentarios hayan perpetrado un abuso de poder tan exorbitante como liberar a gran parte de su clientela laboral del régimen general del funcionariado. Pero la medida, además de injusta, resultará ineficaz. La disposición transitoria que amnistía de las incompatibilidades a los funcionarios de las Cortes Generales con antigüedad de 31 de diciembre de 1982, es decir, a la abrumadora mayoría de la plantilla, sólo puede tener efectos internos, de forma tal que no podrá impedir que la Administración del Estado declare incompatibles, dentro de su ámbito de competencias, para ejercer sus cargos y percibir sus honorarios a quienes, al tiempo, desempeñen labores y cobren sueldos en el Parlamento. De otro lado, si el Estatuto de Personal de las Cortes Generales fuera votado por los plenos de las cámaras y adquiriera rango de ley, se produciría una incongruencia dentro del bloque de legalidad, al chocar frontalmente su contenido con la norma que regula el régimen general de incompatibilidades.
El corporativismo es una de las más graves dolencias que afectan a la moral pública de la sociedad española. Nadie hubiera podido sospechar que los representantes de la soberanía popular, que encarnan por definición los intereses generales de toda la nación, también se dedicaran al deporte de potenciar sus conveniencias sectoriales y gremiales. Peces-Barba, con una solemnidad sin causa, ha esgrimido la autonomía del poder legislativo frente al poder ejecutivo como justificación para hacer mangas y capirotes con los principios constitucionales de igualdad ante la ley, subordinación de los poderes públicos al ordenamiento jurídico e interdicción de la arbitrariedad en su conducta. Caprichos y extravagancias de este género son indignos de la política del cambio, y el grupo parlamentario del Gobierno o el Gobierno, respaldado por su grupo parlamentario, poseen capacidad suficiente para acabar con ese escándalo que mancilla la dignidad del Parlamento y entra de lleno en la peor tradición del arbitrismo español.
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