El Estado, obligado a pedir licencia y pagar tasas por obras en el aeropuerto de Manises
La sala cuarta de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha establecido, en una sentencia dictada a propósito de un conflicto entre Aeropuertos Nacionales y el Ayuntamiento de Manises, que el Estado debe solicitar licencia municipal para realizar obras. Esta sentencia revoca parcialmente la de la Audiencia Territorial de Valencia, dictada en octubre de 1982, que se pronunciaba en sentido contrario, por lo que respecta a este punto.
Con esta sentencia se pone fin a un contencioso iniciado hace tres años en tomo a las obras de la nueva terminal de viajeros del aeropuerto de Valencia, ubicado en el término municipal de Manises, y supone que el Estado habrá de hacer efectivos a la corporación los 50 millones de pesetas -un 2% del valor de las obras- que ésta le solicitaba en concepto de tasas. El Supremo, sin embargo, mantiene el mismo criterio que la Audiencia Territorial en cuanto a desestimar la paralización de las obras, realizada en dos ocasiones por el ayuntamiento, "dados los altos intereses públicos en juego".
Autonomía local
El anterior alcalde de Manises, Antoni Asunción, miembro del PSOE y actual presidente de la Diputación de Valencia, que fue quien inició la pugna con la Administración central a propósito del aeropuerto, manifesté, ayer a EL PAÍS: "Creo que es importante que se reconozca la, autonomía local por las altas instancias del Poder Judicial, y esta sentencia será el, modelo para resolver los numerosos conflictos, parecidos que surgen a diario".En su sexto considerando, la sentencia indica que, aunque el régimen especial de que goza el Estado en la ley del Suelo "produzca como efecto el que un proyecto sectorial prevalezca sobre la ordenación urbanística municipal, si el Consejo de Ministros se decide por la ejecución del proyecto, empero, esta especialidad no llega al extremo de exonerar a la Administración del Estado del deber de requerir al ayuntamiento afectado para que en un breve plazo -un mes- muestre su conformidad o disconformidad con aquél". Ello supone "un acto equivalente a la solicitud de licencia, sin perjuicio de las especialidades establecidas para estos casos en el precepto comentado".
Un segundo elemento de discusión surgido durante el conflicto, y en el que no entra la sentencia, es si correspondé a la propia Administración del Estado o á la empresa concesionaria de las obras, Dragados y Construcciones en este caso, el pago de las tasas. El ayuntamiento llegó a recurrir ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, argumentando que era competencia desleal el hecho de que el Estado, con sus propios servicios jurídicos, estuviese defendiendo los intereses particulares de la empresa concesionana, que no solicitó licencia ni, por tanto, pagó las tasas. Este tribunal falló en contra de las tesis del consistorio.
Conflicto desde 1980
El conflicto se originó el 19 de diciembre de 1980, cuando la alcaldía de Manises decidie suspender las obras que el organismo autónomo Aeropuertos Nacionales estaba realizando en el aeropuerto civil, por no haberse solicitado previamente licencia municipal. La alcaldía desestimó el 13 de enero de 1981 un recurso de reposición contra la suspensión de obras y confirmó su decisión anterior.El abogado del Estado interpuso entonces un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Territorial de Valencia, y ésta dictó una sentencia, el 30 de octubre de 1982, en la que daba la razón al Estado, al que exoneraba de la solicitud de licencia y levantaba la suspensión de las obras.
La sentencia fue recurrida por el ayuntamiento ante el Tribunal Supremo, que ahora la ha revocado en parte.
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