Condenados dos militantes socialistas en Sevilla por exigir dinero a una empresa
El Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla ha condenado a dos funcionarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS) -organismo que gestiona la competencias sanitarias del Gobierno regional- a penas de cinco años de suspensión de cargos públicos, multa de 150.000 pesetas y cinco días de arresto por sendos delitos de coacciones y cohechos. Los funcionarios exigían dinero a la empresa Ambulancias Tenorio a cambio de un trato de favor.
Los funcionarios condenados son Rafael Fernández Campano y José Pardo García, ambos militantes socialistas y que fueron destituidos en sus puestos tras una investigación abierta por el propio SAS. Las diligencias abiertas por el SAS fueron posteriormente remitidas al juzgado que entendía el caso para ser utilizadas durante el proceso.
Fernández Campano y Pardo García fueron denunciados el pasado mes de noviembre ante las autoridades sanitarias por la empresa de Sevilla Ambulancias Tenorio, que les acusó de exigirle dinero a cambio de desviar hacia esta empresa los servicios de ambulancias para los hospitales de la provincia. Los dos condenados estaban contratados como funcionarios interinos.
Guardaespaldas
La sentencia dictada por el Juzgado número 9 de Sevilla considera probado que ambos recibieron determinadas cantidades de dinero e importantes regalos durante los años 1986 y 1987. Según la sentencia, ha quedado probado que Ambulancias Tenorio regaló un automóvil a Pardo y le entregó dinero para que efectuara un viaje a la Unión Soviética.José Pardo García había trabajado con anterioridad en los servicios de seguridad del PSOE y había actuado como guardaespaldas del secretario de organización del partido, José María Benegas. El partido no adoptó ninguna medida contra los dos militantes cuando se conocieron los hechos por entender que no procedía, al no ostentar ninguno de ellos puestos de responsabilidad en el partido.
La resolución judicial coincide con las peticiones efectuadas por el ministerio fiscal por los delitos de coacciones y cohecho, aunque el presunto delito de amenzas se ha considerado falta porque, según el texto de la sentencia, no quedó debidamente acreditado en el desarrollo del proceso que los encausados amenazaran seriamente a los perjudicados para lograr sus propósitos de recompensa económica.
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