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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Función del fiscal

He leído con atención el artículo del profesor Gimeno Sendra sobre Nuevas funciones para los fiscales, que en dos entregas despacha el tema debatido y conflictivo de la reforma del proceso penal, auspiciando un giro copernicano frente al sistema tradicionalmente vigente en nuestro país.Dado el corto espacio de que dispongo, me voy a limitar a exponer una razón absolutamente objetiva que impide tal pretendida reforma: la plantilla del ministerio fiscal y su personal auxiliar, que, con dificultad, cumple con sus actuales funciones.

La plantilla total actual de fiscales está compuesta por unos 700 miembros, pero a los efectos de investigación o instrucción penal habrá que descontar unos 120 funcionarios: jefes, fiscales del Tribunal Supremo, órganos de la Fiscalía General del Estado. De este modo, quedan 580 fiscales que podrían asumir las funciones instructoras, pero tendrían que compaginarlas con la intervención en procesos civiles, contencioso-administrativos y asistencia a vistas de juicios penales, cuya duración, si se instaura el jurado, será notablemente aumentada.

Pero, además, esos 580 fiscales pueden contar con la colaboración de unos 250 funcionarios (oficiales, auxiliares y agentes) de las fiscalías.

Frente a estas cifras, el número actual de jueces de instrucción excede de 600, se encuentran distribuidos por todo el territorio nacional, en tanto los fiscales fueron agrupados en las capitales de provincia, y el personal de dichos juzgados (incluidos los secretarios y los mismos jueces) creo puede alcanzar las 3.600 personas.-

Presidente de la Asociación de Fiscales. Fiscalía de la Audiencia Territorial de

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