"La ineficacia del control judicial permite prácticas corruptas"
Alfonso Sabán, de 44 años, magistrado de lo contencioso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cree que existe un gran desenfoque respecto a los motivos por los que han proliferado prácticas corruptas. "Hablar del robo y amenazar con la cárcel no conduce a nada", afirma. "Lo importante es evitar la ineficacia del control judicial sobre el ejecutivo".A juicio del magistrado, la ley de incompatibilidades es bastante demagógica. "Prohíbe al funcionario tener dos sueldos del sector público, pero no hay problema por simultanear, con el propio cargo público ostentado, dos consejos de administración de las empresas públicas".
"Esa ley prohíbe al funcionario cualquier actividad que tenga que ver con las funciones realizadas en el puesto público, hasta dos años después de abandonarlo. Pero, al ser la sanción simplemente funcionarial, la trampa es que basta con irse de la Administración al sector privado para que nadie pueda perseguirte".
¿Los cargos políticos pueden escapar a la consideración de funcionarios? Sabán dice que "funcionario, según el Código Penal, es todo el que participa de la función pública. La propia ley de incompatibilidades dice que ésta afecta al personal al servicio de la Administración. Mi criterio es que eso afecta a los ministros".
Y añade: "Pese a la organización autonómica del Estado, la Audiencia Nacional es el juez natural para cualquier ciudadano respecto a decisiones de ministros, subsecretarios, secretarios de Estado y Tribunal central económico-administrativo, lo cual quiere decir que cualquiera que deba dos millones de pesetas de impuestos -más recargos- tiene que litigar en la Audiencia Nacional, lo mismo que todo el que tenga problemas de expropiaciones estatales, algunas oposiciones y otros. Resultado: la Audiencia Nacional está, en algunas materias, casi colapsada. Algunos entes públicos pueden mostrarse encantados, más aún si saben que lo pueden provocar con simples normas administrativas".
"Otro problema es que numerosas funciones públicas se hacen mediante empresas de derecho privado. En España no existe un sistema eficaz de responsabilidad civil de los altos cargos, que es un aspecto esencial en los países anglosajones: el que causa un perjuicio al Estado tiene que pagarlo. Si además estamos hablando de empresas de capital público, sus gestores actúan sin el menor riesgo, porque no tienen accionistas proclives a perseguirles por estafa, pongamos por caso. No conozco ninguna acción de responsabilidad civil sobre un alto cargo ni sobre gestores de empresas públicas, aunque lleguen a producirse pérdidas censurables de cientos o de miles de millones".
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