Una ocasion para la lucha contra el fraude
La simplificación del impuesto de la renta es a juicio del autor, una condición para la eficacia de la gestión, una forma eficaz de luchar contra el fraude y de llevar a la realidad los criterios de justicia que derivan del impuesto.
Las leyes de los impuestos, que determinan el importe y la distribución de la carga tributaria, se discuten y se aprueban normalmente bajo la hipótesis implícita, por desgracia no siempre real, de que su aplicación va a ser íntegra y perfecta. Sin embargo, para ser efectivas, las leyes tributarias han de pasar por el inevitable examen de su aplicación práctica en una realidad donde se pone realmente a prueba su solidez, cuando no la sinceridad de sus planteamientos.
De nuevo ha vencido un ciclo tributario y nos hemos de enfrentar con una reforma profunda y trascendente de la imposición personal. ¿Qué hacer ahora para no repetir errores pasados?, ¿cómo evadir la tradición española de emprender las reformas tributarías sin adaptar suficientemente la base administrativa precisa para su aplicación?
No es mi objetivo hacer ahora un repaso de las medidas previstas al efecto en el Plan de Modernización de la Agencia Tributaria. Aunque sí quiero hacer algunas consideraciones que se refieren muy directamente al actual borrador del proyecto de ley:
En primer término, entiendo que debe ganar espacio la idea de que, en la práctica, la justicia tributaria no tiene por qué ser sinónimo de complejidad. La concepción, casi romántica, de que la equidad fiscal sólo se puede alcanzar tras complejos ajustes matemáticos y la aproximación casi física a la realidad de cada contribuyente, choca con la multitud de desviaciones incontroladas asociadas a las dificultades con que cuenta la gestión y control de todo tributo complejo. Además, debe reflexionarse sobre la paradoja de la regresividad latente de las normas complejas, las cuales, por dejar fisuras a la interpretación y plantear más variables de control, son más susceptibles de general fraude y, precisamente por esta complejidad, de generar un tipo de fraude del que sólo se pueden beneficiar los contribuyentes con rentas suficientemente elevadas como para ser eficazmente asesorados.
-En segundo término, sugiero que deben considerarse los efectos que la complejidad de las normas tienen sobre las actitudes de fraude. El ciclo "complejidad- mayores costes indirectos e inseguridad-crispación-mayor predisposición al fraude" es conocido y suficientemente percibido por los ciudadanos como para que requiera una mayor explicación.
- Por último, estoy convencido de que la eficacia de la aplicación y del control del IRPF está en íntima relación con su sencillez, de ahí la importancia de que se llegue a un adecuado compromiso entre los mecanismos de personalización y los de control, procurando que los primeros no impidan la automatización de los procesos controladores.
Ello es así porque, en primer lugar, es obvio que un impuesto sencillo y muy automático se presta menos a las equivocaciones asociadas bien a problemas de comprensión bien a la complejidad de los cálculos numéricos que incorpora, evitándose con ello un gran número de costes para la Administración y molestias para los ciudadanos.
Pero esto, con ser importante, no lo es tanto como las oportunidades que ofrece a la Hacienda un impuesto sencillo, tanto en el ámbito del control como en el de la automatización gestora.
En el actual IRPF, que incluye en abundancia regímenes de determinación de renta, de ajustes técnicos y de mecanismos de beneficio fiscal que suponen la utilización de datos no contrastables de forma masiva y automática, una parte sustancial del control requiere actuaciones de carácter personalizado. Ello supone una carga de trabajo elevada que, a la postre, se traduce en la disminución de la probabilidad de ser inspeccionado, en una baja percepción de riesgo por parte de los potenciales defraudadores y, en definitiva, en la realimentación del fraude.
La prevista simplificación del impuesto, unida a la desaparición de un número elevado de contribuyentes activos, deberá propiciar un nuevo equilibrio en el actual modelo de control de la Agencia Tributaria, que se caracterizará por la acentuación de los controles de carácter automático. Ello permitirá centrar la atención individualizadá en aquellas actividades que no son susceptibles de control automático e informatizado, respecto a las que se incrementarán sensiblemente las actuaciones comprobadoras.
La simplificación del IRPF no sólo significa, por lo tanto, menores costes pata los ciudadanos y mejora del ambiente fiscal.La simplificación es también una condición para la eficacia de la gestión, una forma eficaz de luchar contra el fraude y, en definitiva, de llevar a la realidad los criterios de justicia que derivan de la estructura teórica del impuesto. El proyecto, tal como hoy está redactado, es muy equilibrado y cuidadoso en este punto, es un proyecto que propicia una gestión fiel y transparente y en ello está, precisa mente, una de susmayores virtudes,que sería desear fuera valorada y protegida en el próximo debate parlamentario.
(En recuerdo de Carlos de Vinuesa, que como subsecretario de Hacienda fue responsable destacado de la puesta en marcha de la 'reforma Ordóñez' y que nos ha dejado, en esta nueva conyuntura ilusionante, sin el apoyo de su pasión y su profesionalidad).
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