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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Provocación límite

TODOS LOS partidos representados en el nuevo Parlamento Foral de Navarra, salvo Euskal Herritarrok, mostraron ayer su repulsa en un comunicado conjunto ante la presencia en el hemiciclo del etarra José Luis Barrios, condenado en primera instancia a 60 años de prisión por el asesinato del concejal sevillano Jiménez Becerril y de su esposa. Los diputados navarros, incluidos los nacionalistas, expresaban así su malestar ante el hecho de que un asesino convicto ocupe un escaño de representación popular. El caso de este diputado elegido en la lista de Euskal Herritarrok en vísperas de ser juzgado y condenado por la Audiencia Nacional es de los que ponen a un sistema democrático en situación límite. El Estado de derecho se sostiene sobre el principio de presunción de inocencia de todos los ciudadanos, que no pueden ser privados de su derecho a elegir y a ser elegido mientras no medie sentencia condenatoria firme. José Luis Barrios está condenado en primera instancia, pero ha recurrido al Supremo, por lo que no está privado de derechos políticos.

No es ésta la primera vez que Euskal Herritarrok -y antes Herri Batasuna- cuela por este resquicio legal la presentación en sus listas de dirigentes etarras acusados de gravísimos delitos. En 1986 propuso a uno de ellos como candidato a lehendakari en el Parlamento de Vitoria y un año más tarde repitió la operación en el de Navarra. Hace unos meses llevó su provocación al extremo de presentar al antiguo dirigente etarra Josu Ternera como miembro de la Comisión de Derechos Humanos.

Algunos dirigentes políticos, incluidos el presidente del Parlamento vasco y el portavoz del Gobierno, se han manifestado por la introducción de reformas legislativas que impidan la repetición de este tipo de provocaciones. Pero es falso que el Estado democrático haya permanecido impasible ante la provocación. Ha hecho lo que estaba en sus manos: suspender por ley el ejercicio del cargo representativo cuando el electo está en prisión incondicional por delitos de terrorismo. Pero la Constitución ampara, según doctrina fijada por el Tribunal Constitucional, la presencia del electo en aquellos actos que son la esencia de su representación política, básicamente la recogida del acta de parlamentario y la jura o promesa del cargo. Y ello, sobre todo, por respeto al derecho de sus electores. Pero que sea legal la inclusión de un terrorista en una lista electoral no evita que resulte repugnante a la mayoría de los ciudadanos. Actitudes como ésta hacen muy difícil creer en la voluntad de EH de renunciar a la violencia.

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