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El juez confirma la sanción al bombero que trató de arrollar a un superior

Un asunto menor

El Ayuntamiento de Barcelona hizo bien sancionando a un bombero que trató de atropellar a un superior, además de desobedecer las órdenes recibidas relativas a la seguridad del servicio. Éstas son las conclusiones de la sentencia emitida por el juez titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Barcelona. El juez sostiene que el hecho de que el sancionado pertenezca a Comisiones Obreras no tiene nada que ver con el motivo de la sanción.La sentencia relata que el pasado mes de diciembre, el bombero Miguel Laguna Capilla "se presentó al inicio de la jornada laboral sin vestir las prendas del uniforme", por lo que fue excluido del servicio. Esta decisión es razonable, opina el juez, porque un bombero en ropa de calle es un peligro para sí mismo y para terceros. Laguna Capilla, tras recibir la orden de quedar apartado del servicio hasta que utilizara el uniforme, decidió desobedecerla y "ocupó un vehículo (concretamente el puesto de conductor) que se disponía a prestar servicio, impidiendo que quien había recibido la orden de prestar servicio pudiera hacerlo". En ese momento, el sancionado "recibió la orden expresa del oficial y del jefe de la guardia de abandonar el vehículo", pero en lugar de obedecer "procedió a poner el vehículo en marcha, accionando la sirena, generando una situación de peligro para el jefe de guardia que se encontraba delante del vehículo y que tuvo que apartarse al no detener su marcha".

El Ayuntamiento de Barcelona había sostenido siempre que la decisión de sancionar a este bombero tenía relación directa con este acto de indisciplina con riesgo para la integridad de las personas. "El asunto de la ropa de calle era menor", explicó un representante municipal, "pero que alguien impida que un coche acuda a apagar un incendio y encima trate de atropellar a un superior con el vehículo no lo podemos consentir".El juez da la razón total al Ayuntamiento y no atiende a ninguna de las razones alegadas por el sancionado para lograr la anulación de la sanción.

Miguel Laguna Capilla asegura que otros compañeros también acudieron al cuartel en ropa de calle y que a él se le impuso una sanción de seis meses de suspensión por una falta de carácter grave. El juez razona que el sancionado y sólo el sancionado se subió a un vehículo, lo puso en marcha y lo condujo hacia el lugar en el que se encontraba una persona que tuvo que apartarse para no ser atropellada, y que esa actitud no tiene que ver con la actuación sindical que "no autoriza el empleo para la obtención" de los objetivos perseguidos, máxime cuando estos métodos suponen "la violación del ordenamiento jurídico".

El juez afirma que el Ayuntamiento actuó de "forma correcta para restablecer la legalidad alterada" y que no cabe, por consiguiente, hablar en modo alguno de una represalia.

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