El error de Del Olmo puede acarrearle multa o la suspensión si se considera falta muy grave
El Poder Judicial decidirá si el juez incurrió en falta de atención o en un retraso injustificado
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano que ha ordenado la investigación interna abierta ayer en la Audiencia Nacional para determinar si el juez Juan del Olmo fue responsable de la excarcelación del presunto terrorista Saed el Harrak, ha seguido distintos criterios en la interpretación de los correctivos a jueces que permitieron la salida de prisión de presuntos delincuentes procesados. El castigo ha oscilado entre la simple multa y la suspensión temporal de los culpables. La sanción más leve a un juez se impuso al entender la falta como un retraso injustificado recogido como grave en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). La más importante se acordó al considerar al expedientado autor de una falta muy grave de desatención a la causa.
El artículo 417.9 de la LOPJ considera falta muy grave "la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales". El abanico de sanciones a imponer en estos casos oscila entre la suspensión y la separación de la carrera judicial pasando por el traslado forzoso. La segunda y más gravosa parece excluida, según fuentes judiciales, ya que se considera que la salida de El Harrak se debió a un error de Del Olmo y ese castigo está previsto para casos en los que el expedientado actúa con conocimiento de causa.
Retraso en una 'vistilla'
Una suspensión de un año fue la sanción acordada por el Consejo en septiembre de 2004 contra el entonces juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco por varias faltas muy graves de desatención y retraso, entre las que destacaba el aplazamiento de la comparecencia de un etarra para decidir, como en el caso de Del Olmo, sobre la prórroga de su prisión provisional para asistir a la toma de posesión de un colega en Pamplona. El retraso de esa vistilla provocó la excarcelación del etarra, ya que se cumplió el plazo máximo de cárcel sin acordar la prórroga antes de que se celebrase. El castigo supuso la pérdida de su destino en el juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia.
Fuentes del Poder Judicial recuerdan, sin embargo, que otros errores de cálculo en la situación personal de los procesados han tenido un castigo menor. La liberación de Antonio Ruiz López, acusado de blanqueo de capitales, después de que la Sección Tercera de la Audiencia no prorrogara su prisión provisional, originó la apertura de expediente. La Comisión disciplinaria, a diferencia de los casos anteriores, apreció aquí una falta de carácter grave (y no muy grave como en los casos anteriores) de retraso injustificado que ventiló el pasado 16 de enero con una multa de 1.000 euros al magistrado Luis Martínez Salinas.
Otra excarcelación similar a esas dos, pero que, sin embargo, se quedó sin sanción, fue la del islamista Allekema Lamari, uno de los principales implicados en el 11-M, que fue puesto en libertad por la Audiencia Nacional por un error de cálculo y dos años después cometió el atentado. Al calcular el tiempo que le faltaba de prisión, un magistrado escribió que había sido condenado a 10 años cuando en realidad su pena era de 14. Como el límite de permanencia en la cárcel sin sentencia firme es la mitad de la pena impuesta, Lamari, condenado por pertenencia a banda armada y posesión de armas, fue liberado, lo que le permitió participar en los atentados de los trenes. Los jueces que lo acordaron no fueron, sin embargo, sancionados ya que cuando el CGPJ ordenó investigar habían transcurrido más de dos años desde la excarcelación y la falta había prescrito.
El jefe del servicio de Inspección del CGPJ puso en marcha ayer la investigación sobre la salida de El Harrak con la petición de informes al presidente de la Audiencia, Carlos Dívar, a la juez sustituta de Del Olmo, Teresa Palacios, y al secretario de la causa. También pidió permiso a la Comisión Permanente del Consejo para visitar el juzgado del juez.
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