El fiscal pide cárcel para responsables de una obra por la muerte de un pintor
El ministerio público solicita tres años y nueve meses de prisión para seis personas
Dentro de su nueva política de severidad contra las infracciones laborales, la Fiscalía de Madrid solicita tres años y nueve meses de cárcel para seis responsables de una obra -entre ellos, un arquitecto y dos aparejadores- por la muerte de un pintor que falleció aplastado por una puerta de hierro de 700 kilos durante la construcción de una vivienda. Si el juez impone finalmente esa pena tan alta, los acusados tendrán que ingresar en prisión. España es el país europeo con mayor siniestralidad laboral.
La petición fiscal se encuadra en la política de firmeza que el ministerio público ha asumido para intentar combatir la lacra de la siniestralidad laboral, que el año pasado se cobró 103 vidas en Madrid. En esa pelea están fiscales, jueces e instituciones. El pasado septiembre, la Audiencia de Madrid dictó una sentencia pionera que imponía dos años y seis meses de cárcel por homicidio imprudente a los responsables de una obra en la que murieron dos trabajadores.
Además, fiscales y jueces han firmado un convenio con el Ayuntamiento para que la Policía Municipal levante atestado de todos los siniestros. El objetivo es acabar con la situación actual: la mitad de los accidentes queda impune.
Cuando una pena es superior a dos años no cabe aplicar la remisión condicional y los reos tienen que ingresar necesariamente en prisión, al menos en este tipo de delitos contra los trabajadores.
Los hechos sobre los que ahora se pronuncia el fiscal sucedieron el 15 de julio de 2002. Ese día, el oficial de pintor Bernardo Porras, de la empresa Pintura y Decoraciones Goya, se hallaba en una vivienda en obras de La Moraleja (Madrid) realizando tareas de acabado de una pintura de la puerta de hierro, corredera. De repente, ésta se salió de los rieles y le cayó encima, matándolo casi en el acto. Porras dejó viuda y tres hijas.
Según la fiscalía, en esa obra se cometió un delito contra los derechos de los trabajadores en relación con otro de homicidio imprudente, al vulnerarse la ley que obliga a los responsables de una obra a elaborar un plan de seguridad y definir en él con claridad las medidas de prevención.
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