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Revés judicial al área única sanitaria de Aguirre

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula un decreto al que se opuso el Colegio de Médicos por permitir que un enfermero dirigiera un centro de salud

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto con el que la Comunidad de Madrid estableció el área única sanitaria en julio del año pasado. "Declaramos que el decreto recurrido no es conforme a derecho y, en consecuencia, lo anulamos", asegura el fallo, del 8 de noviembre, al que ha tenido acceso EL PAÍS. La sentencia estima parcialmente el recurso que presentaron el Colegio de Médicos de Madrid, la Sociedad Madrileña de Medicina de Familia y Comunitaria (Somamfyc) y la Asociación Madrileña de Pediatría de Atención Primaria (Ampap).

Estas tres organizaciones basaron el recurso en el artículo 9 del decreto 52/2010, que sostiene que el director de los centros de salud puede ser cualquier profesional sanitario, y no necesariamente un médico. En la práctica, esto permitía que un profesional de enfermería pudiera estar al frente de un centro de salud y que, por tanto, los médicos estuvieran bajo su mando. La sentencia argumenta que "resulta ilógico que la actividad desempeñada por un médico facultativo pueda llegar a ser evaluada por un profesional sanitario que no ostente dicha condición", ya que esta persona no reuniría "la capacidad, conocimientos y titulación suficiente para ello". La ley de ordenación de las profesiones sanitarias no lo permite, añade.

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El fallo del TSJM también considera que el artículo 9.1 del texto vulnera la normativa estatal, ya que recoge que la continuidad del director del centro "quedará vinculada a la evaluación del desempeño". Sin embargo, no establece qué mecanismos se deben tener en cuenta para evaluar ese desempeño. Por todo ello, el tribunal anula el decreto, uno de los que desarrolla la ley de libre elección y área única que aprobó la Comunidad de Madrid en 2009 con los partidos de la oposición, los sindicatos y las sociedades médicas en contra.

Las tres organizaciones mostraron ayer su satisfacción y aseguraron en un comunicado conjunto que, pese a que la sentencia se basa en la figura del director del centro, "el año transcurrido desde la entrada en vigor del área única ha puesto de manifiesto la inoperancia del modelo organizativo basado en direcciones asistenciales vacías de competencias y capacidad operativa". Añadieron otras críticas: "Completa parálisis en la toma de decisiones", "ralentización de las inversiones y mantenimiento", "política de recursos humanos injusta y lesiva para los profesionales", etcétera. El Colegio de Médicos aseguró que el decreto suponía el "desmantelamiento de un modelo organizativo que ha sido y es bien valorado por profesionales y usuarios" y volvía a "una estructura centralizada y burocrática".

La Consejería de Sanidad "está valorando" un posible recurso al Tribunal Supremo, aseguró una portavoz. "Creemos que el fallo no anula el área única, sino únicamente el artículo 9, por lo que pediremos al TSJM que lo aclare", añadió.

Entrada del centro de salud de Prosperidad.
Entrada del centro de salud de Prosperidad.ÁLVARO GARCÍA

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