Regular la excepción, confirmar la regla
Hay que favorecer la compatibilidad de las pensiones con el trabajo para aquellas personas que, voluntariamente, quieran permanecer en activo una vez que han generado su pensión
Vivimos cada vez más años y con mayor calidad de vida. Quien se jubila hoy en día tiene, en la mayoría de los casos, muchos años por delante para disfrutar de la familia, los viajes, el deporte o el trabajo, según sus preferencias y su libertad de decisión. Curiosamente, la ley no ayuda para que lo hagamos y exige unos requisitos para que los ciudadanos accedan a la pensión de jubilación.
Uno de ellos es que la pensión, salvo excepciones, es incompatible con el trabajo. Trabajador y pensionista son, así, términos excluyentes. Este planteamiento era lógico (más bien inevitable) cuando se establecieron, hace ya muchos años, las normas de la Seguridad Social. En aquel entonces, cuando la expectativa de vida era inferior a 65 años, las personas que se jubilaban estaban incapacitadas para trabajar por su avanzada edad. Sin embargo, la cosa ha cambiado en la actualidad. Hay muchas personas de 65 años en adelante que, gozando de buena salud y optando libremente por seguir trabajando, no lo hacen porque la ley no se lo permite o, al menos, no se lo pone fácil. O trabajan, o cobran la pensión. Eso hace que mucha gente piense todavía que la jubilación es obligatoria y que, cumplidos los requisitos de edad y cotizaciones, es la única alternativa.
Este escenario de incompatibilidad no tiene mucho sentido en los tiempos que corren y menos, en una de las sociedades con mayor esperanza de vida del mundo. Más o menos, hoy tenemos aproximadamente dos trabajadores (cotizantes) por cada pensionista. Se estima que para 2.050 la relación será 1,5 a 1, lo que es un evidente desafío para el sistema de pensiones. De hecho, ya hay alguna provincia en la que hay más pensionistas que cotizantes. Para cerrar el círculo, la tasa de actividad y empleo de los mayores en España es la más baja de la Unión Europea (UE). La mayoría de los países de la UE tienen sistemas de protección en los que la compatibilidad plena entre trabajo y pensión es la regla general. Ganan quienes, voluntariamente, quieren seguir trabajando, ganan las cuentas públicas, ganan las empresas y gana la sociedad, que no ignora ni desprecia el talento sénior dispuesto a seguir activo.
Nuestra regulación en materia de jubilación es compleja y poco transparente. Además, está plagada de particularismos, lo que hace difícil su comprensión y la toma de decisiones, sobre algo que afecta a la inmensa mayoría de la población. Mantener especialidades o situaciones excepcionales no ayuda a comprender la norma y sus objetivos y puede generar desconfianza en el sistema de protección.
Recientemente se han producido dos reformas legales que siguen incidiendo en la regulación de situaciones excepcionales o particulares. El primer caso se refiere a los médicos jubilados que se reincorporen al sistema público de salud, que podrán cobrar el 75% de su pensión y trabajar. El segundo se refiere a los artistas. En este caso, la compatibilidad es del 100% de la pensión con el trabajo en actividades artísticas o de apoyo a las mismas.
Los escritores de libros y creadores que generen derechos de autor, tenían ya un régimen de compatibilidad de sus pensiones con el cobro de sus derechos por creación intelectual. La lógica era que la creación se habría producido mientras estaban en activo y los derechos se percibían con posterioridad, incluso cuando ya estaban retirados. La excepción se amplía ahora para todos los artistas y personal técnico y, la justificación de la excepcionalidad se diluye en la de protección a un sector tan importante como el de la cultura, igual que en el caso de los médicos, se engancha en la necesidad de cubrir previsibles carencias del sistema público de salud.
Todo lo anterior está muy bien y las justificaciones son muy loables, pero la situación es parecida en muchas otras actividades públicas y privadas, ignoradas por el legislador. Regular las excepciones no solo no resuelve el problema general, sino que plantea agravios evidentes para situaciones muy similares y que reciben un tratamiento mucho menos favorable. ¿Por qué un médico puede cobrar el 75% de la pensión y un artista un 100%? ¿Por qué ese mismo médico no puede cobrar la pensión y trabajar, a la vez, en el sector privado?
Un electricista que trabaja de apoyo técnico en el ámbito artístico va a poder cobrar su pensión de jubilación y seguir trabajando, mientras que un electricista del sector del automóvil —o de cualquier otro—, no podrá hacerlo. ¿Alguien lo entiende? ¿Por qué unos sí y otros no?
Hay que apostar por regular la compatibilidad plena de las pensiones de jubilación e incentivar el trabajo de todo aquel que, voluntariamente, quiera permanecer en activo una vez que ha generado su pensión. Si la estrategia es solamente regular las excepciones para situaciones y casos extraordinarios, estamos confirmando la regla, lo que no se acaba de entender.
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