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Hacienda me quiere multar por un error en la declaración, ¿qué puedo hacer? Claves legales para recurrir estas sanciones

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Galicia reconoce que el contribuyente tiene derecho a equivocarse

La realización de la declaración de la Renta
La realización de la declaración de la RentaCARLOS ROSILLO (EL PAÍS)

Cometer un error en la declaración del IRPF puede resultar fatal. Hacienda no entiende de errores y, normalmente, sanciona al despistado contribuyente como si hubiera defraudado a propósito. Sin embargo, los tribunales examinan caso a caso si la AEAT ha respetado el derecho a la presunción de inocencia de los administrados para darles la razón en su batalla contra Goliat. Un reciente pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que ya avanzó el Confidencial, ha liberado a un contribuyente de pagar una sanción de más de 72.000 euros tras acreditar que se equivocó en las declaraciones en el IRPF de los ejercicios de 2014, 2015 y 2016. El fallo de este órgano judicial (cuyo texto puede consultar aquí) ha abierto la caja de Pandora.

El tribunal aboga por incluir el “derecho al error” del contribuyente en la ley tributaria española, tal y como han hecho ya otros países del entorno como Francia. La necesidad existente de reformar la ley tributaria, de incluir el derecho al error en España, así como invita a pensar que Hacienda necesita un cambio en su forma de actuar con el ciudadano.

Hace cinco años, Francia desarrolló un proyecto para evitar que la Administración penalizara a sus ciudadanos por cometer un error en sus declaraciones fiscales. De esta forma, incluyeron en su ordenamiento jurídico lo que ahora se conoce como el derecho al error. Un salvavidas que proporciona un blindaje para aquellos contribuyentes que han cometido algún fallo en la declaración de la renta. Eso sí, siempre que se demuestre la inexistencia de dolo y tras acreditar que se ha actuado de buena fe.

España tomó nota del país galo y trató de regular esta iniciativa en el ordenamiento tributario para levantar el castigo a aquellos que han errado en sus declaraciones involuntariamente. En 2022, el Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC) ya quiso incluir este derecho en la Ley General Tributaria, aunque esta iniciativa se quedó en el tintero. Sin embargo, ahora que el derecho al error vuelve a estar a la orden del día, resulta recomendable saber los derechos que tienen los contribuyentes y qué hacer en caso de haber cometido algún tipo de error fiscal y no hay tiempo para enmendarlo.

¿Qué hacer si Hacienda te impone una sanción?

La única vía de escape posible que tiene el contribuyente para evitar una sanción de la Agencia Tributaria es recurrir. En este escenario, Nuria Diez, abogada fiscal en Legálitas, recomienda que el ciudadano afectado realice un escrito ante Hacienda donde manifieste su desacuerdo y explique que el fallo en la declaración de la renta nunca se hizo de mala fe y con intención de defraudar.

Si Hacienda no acepta el escrito, el contribuyente podrá seguir intentándolo a través del recurso voluntario de reposición. Y, en caso de que no prosperen sus pretensiones, podrá acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, como ya hizo el afectado del caso del tribunal gallego que terminó con la absolución de su sanción.

¿Qué hay que tener en cuenta si se quiere recurrir una multa?

Antes de iniciar un proceso administrativo hay que tener en cuenta que es muy difícil levantar una sanción de la Administración Tributaria. Además, hay que tener cuidado a la hora de recurrir una multa porque también tiene su lado oscuro ya que si el contribuyente acepta pagar la multa sin discutirla puede acogerse a una reducción del 40% de su cuantía. “Hacienda juega su baza y ejerce esta medida de presión para evitar que los contribuyentes recurran a las sanciones porque, entre pagar más y menos, los contribuyentes prefieren acogerse a la reducción”, explica Nuria Diez. Además, la abogada afirma que en Legálitas tienen muchísimos clientes que “pelearían por anular la sanción, pero claro, ante la dificultad que supone librarse de una multa, prefieren abrazar el descuento de ese 40%”.

¿Hacienda comprueba realmente si el fallo es involuntario?

El hecho de que un contribuyente haya cometido un error en su declaración anual no quiere decir necesariamente que lo haya hecho con la intención de evadir impuestos. Según los expertos, hay una delgada línea que separa el buen actuar de los ciudadanos con la voluntad de querer defraudar a la Administración. Para Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau Asesores, “La AEAT parte de una presunción de fraude, tratando al contribuyente como presunto defraudador” y en ningún caso valora el posible fallo que ha cometido el contribuyente en su renta. Es decir, que un pequeño error de cálculo deja al administrado “en una posición muy delicada, en la que se ve obligado a coger dos caminos difíciles: o pagar para olvidarse del tema, o iniciar una vía de litigación que puede resultar infructuosa y costosa, con abogado, procurador y posibles costas en su contra”, dice el abogado.

Según Marcos González Villarreal, asociado a Cremades & Calvo-Sotelo Abogados, hay casos en los que se aprecia de forma clara que el contribuyente es culpable o inocente, y hay otros casos en los que se requiere de mucho estudio para llegar a determinar si la persona ha actuado realmente de buena fe. En cualquier caso, comenta, es la propia Administración la que debe demostrar “que concurre las circunstancia que determina la culpabilidad del contribuyente en la comisión de infracciones”.

En caso de que haya alguna duda sobre la buena voluntad del contribuyente, Hacienda debe decantarse por la absolución antes que por la infracción. Y es que, opina Leopoldo Gandarias, profesor de derecho tributario y financiero en la Universidad Complutense de Madrid, siempre debe prevalecer el “principio in dubio pro reo”. Es decir, ante la duda, siempre a favor del acusado.

¿Debe Hacienda cambiar su criterio en los casos en los que parece que ha habido un error?

Hasta el momento, la Agencia Tributaria siempre ha aplicado el mismo criterio, si el contribuyente comete el más mínimo error es motivo suficiente para que la Administración sancione por incumplir con las obligaciones fiscales.

Sin embargo, el pronunciamiento del tribunal gallego invita a Hacienda a cambiar su forma de actuar. “La sanción no puede ser el resultado de cualquier incumplimiento”, dice Leopoldo Gandarias. Y en su opinión, piensa que es “probable y desde luego deseable” que la Administración Tributaria se plantee la actual mecanización o automatismo de los procedimientos de imposición de sanciones. De tal manera que la finalidad de Hacienda mediante la aplicación del régimen sancionador no puede ser recaudatoria, sino "preventiva y disuasoria", debiendo desaparecer las sanciones cuando la conducta del contribuyente no merezca reproche.

¿Es precisa una reforma de la Ley General Tributaria?

Uno de los mayores problemas que sufre la normativa fiscal en España es su enorme complejidad ya que la ley tributaria no ha sufrido ninguna reforma desde hace mucho tiempo. Como afirma Marcos González Villarreal, el sistema tributario español “sufre una sobreactividad legislativa y una falta de previsibilidad en los cambios normativos e interpretativos que dificultan el cumplir correctamente con Hacienda”. Por ejemplo, la última modificación de las normas que regulan los impuestos de transmisiones, sucesiones o donaciones se realizó allá por los años 90. Esto implica que la comprensión en materia fiscal en España esté al alcance de unos pocos.

Las leyes fiscales, expresa Esaú Alarcón, “son pura dinamita”. Y ante la dificultad para entender los textos, lo más recomendable para evitar problemas es contar con un asesor fiscal, una figura que el letrado considera crucial en esta rama del derecho. “Los colaboradores fiscales hacen una labor encomiable porque actúan representando al contribuyente, pero también ayudando al buen funcionamiento del sistema tributario. "Debería regularse la figura del asesor fiscal para otorgarle mayores competencias, renovar las leyes e incentivar la figura de la mediación en materia tributaria”, remata el abogado.

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