Las 167 transferencias con las que un cura de Cádiz “esquilmó” a su parroquia
La Audiencia ha condenado al sacerdote a dos años y medio de prisión por desviar 366.000 euros alegando una extorsión no probada en la adopción de su hijo


El cura gaditano Antonio Casado realizó 167 transferencias bancarias, en el lapso que va de 2014 a 2018, desde las cuentas de la parroquia del Divino Salvador de Vejer de la Frontera de la que era párroco. Podría parecer que esos 366.027,65 euros que desaparecieron de las arcas de la iglesia podrían haber estado destinados a gastos diversos, más o menos justificados. Pero el problema fue que el destinatario de ese dinero resultó ser una tercera persona, Miguela D., y que los movimientos se hicieron “con una clara intención de engrosar sus respectivos patrimonios”, mientras “esquilmaban” la contabilidad del templo. Es lo que asegura una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que ha condenado a Casado a dos años y medio de prisión y su cooperadora a otros dos por un delito de apropiación indebida.
El juicio al sacerdote se celebró la pasada semana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz y la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, se ha dado a conocer este miércoles a las partes. Con el pronunciamiento —que el propio sacerdote ya ha anunciado que recurrirá y que la Fiscalía aún está analizando— acaba por ahora un tortuoso caso que comenzó en agosto de 2018, después de que el propio sacerdote denunciase ante la Guardia Civil estar siendo víctima de una supuesta estafa. Ese argumento y el de haber sufrido una extorsión en el seno del trámite de la adopción de su hijo fueron las principales argumentaciones que el cura ha empleado en las sesiones del juicio oral para justificar una incesante actividad bancaria —que sí reconoció haber realizado— y que le llevó a hacer transferencias que fueron desde los 3.000 euros a los más de 60.000, hasta sumar los 366.000 euros. Sin embargo, la sentencia 94/2025 ha determinado que “resulta realmente inverosímil” la versión del sacerdote.
Casado adoptó a un menor gravemente enfermo en un orfanato en Guinea Ecuatorial, cuando era misionero en ese país. Lo hizo con el permiso “de palabra” del anterior obispo de Cádiz, Antonio Ceballos y culminó el proceso legal en 2007, casi siete años antes de esos movimientos bancarios, ahora declarados delictivos. Pero los magistrados de la Audiencia Provincial de Cádiz dejan claro que no podían “dar por acreditado que ese posicionamiento frente al deseo de adoptar del acusado llevare, ni explicita ni implícitamente, una autorización a cometer el delito” que le ha llevado a juicio. La Audiencia tampoco ha dado credibilidad a que una persona del nivel formativo de Casado creyese que el dinero iba destinado a gastos de la adopción, primero, y a pagar una supuesta extorsión, después, para evitar que se llevasen al menor o le matasen. Es, a juicio de la sentencia, un “alegato huérfano del menor indicio de ello. Versión que ni tan siquiera hace suya su propia defensa”.
Antonio Casado y Miguela D. llevaron estrategias totalmente separadas en el juicio, de hecho el sacerdote asegura que tiene interpuesta una denuncia por estafa contra la mujer que aún no ha llegado a juicio “pero que sigue adelante”, según ha explicado este miércoles tras conocer la sentencia. Durante las sesiones, mientras el primero alegó ser víctima de ella, la segunda admitió los hechos y aseguró que el desvío de fondos “obedecía a un plan previamente concebido entre ellos para enriquecerse ilícitamente en perjuicio de la citada parroquia”. Además, la mujer consignó en los juzgados 165.300 euros, procedentes de la venta de un piso, con el que intentó resarcir el daño y que serán ahora devueltos a la parroquia, como parte de los 366.027,65 euros que deberán devolver los dos condenados. Con esa maniobra, Miguela D. ha conseguido además rebajar su pena a seis meses de prisión que, ante la ausencia de antecedentes, le evitarán pisar la prisión. Sin embargo, peor destino tiene Casado, para el que el pronunciamiento deja claro que sus dos años y seis meses de pena “será de efectivo cumplimiento”, dado que su duración hace inviable la concesión de cualquier beneficio.
Las dos jornadas que duró el juicio sirvieron también para sacar a la luz los movimientos que Casado y Miguela D. siguieron para conseguir llevar a término el trámite de adopción. Es el caso de un informe psicosocial del Servicio de Acogimiento Familiar de Madrid de septiembre de 2003 en el que se ocultó la condición de sacerdote de Casado, mientras ambos afirmaban conocerse desde hacía tres años y convivir desde hacía uno en un domicilio de ella, donde formaban “una familia algo peculiar”. La sentencia también refiere una conversación telefónica en la que Casado llegaba a reconocer que era “pareja de hecho” de Miguela. Eso, según los magistrados que firman el pronunciamiento, manifestaba un interés del sacerdote por “hacer un uso torticero de la norma, lo que difícilmente casa con la conducta del que se señala como ignorante de la norma y ajeno al procedimiento”.
Los 366.027,65 euros que se dan por probados como sustraídos de una parroquia rica —gracias a que posee diversas tierras y terrenos— fueron en detrimento de fondos de sustentación del clero de la Diócesis de Cádiz y provocaron “malestar y orfandad” entre los feligreses, continúa la sentencia. El montante de lo considerado sustraído podría incluso haber sido un importe mayor, ya que el pronunciamiento recoge cómo Casado realizó 64 ingresos en efectivo más que elevaron la cantidad desaparecida de las cuentas hasta los 513.115 euros. Sin embargo, la Audiencia no considera probados que esos movimientos en efectivo no fuesen a sufragar gastos corrientes de la parroquia. El tribunal llega a considerar que “no se ha llegado al conocimiento cierto sobre las verdaderas motivaciones, los móviles que guiaron a los acusados a actuar como ha quedado acreditado que lo hicieron”, pese a que dan por totalmente acreditado lo que hicieron.
Además de esta condena de la sección penal de la Audiencia Provincial de Cádiz, Casado ya suma otro pronunciamiento contrario en el Derecho Canónico. Una sentencia emitida por el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España ya le condenó el pasado mes de octubre por los delitos de administración desleal y sustracción de bienes eclesiásticos. Aquel pronunciamiento dictó que el sacerdote debía devolver el dinero y lo envió a una casa de retiro o monasterio durante cinco años. Sin embargo, el propio cura defiende que su suspensión suma ya siete años, que sigue siendo sacerdote y continúa recibiendo su salario por ello por parte del Obispado de Cádiz, mientras vive en El Colorado, una pedanía de Conil de la Frontera. “La Diócesis me paga, lo que no tengo es destino”, ha explicado Casado, que añade que la sentencia de la Rota es definitiva y no admite cambio alguno por el nuevo pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Cádiz.
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