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Se agravan los delitos sexuales y el castigo a ladrones y a criminales ‘profesionales’

Según el Gobierno, el objetivo es responder a tipos de criminalidad para los que no existe una respuesta eficaz y la ciudadanía demanda

Cuando el Gobierno apruebe la reforma legislativa, será la número 28 que afecta al Código Penal vigente desde 1995. La última modificación parcial es muy reciente, de 2010.

El secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa, avanzó recientemente que el objetivo no es meter a más personas entre rejas, “sino responder a tipos de criminalidad para los que no existe una respuesta eficaz que la ciudadanía está demandando”. Pero algunos partidos y asociaciones de jueces consideran que el Gobierno legisla obedeciendo a presiones derivadas de hechos puntuales.

Los más destacados son:

» Prisión permanente revisable. Para los delitos terroristas más graves, mediante una pena de prisión de duración indeterminada, si bien sujeta a un régimen de revisión tras el cumplimiento de 35 años.

» Custodia de seguridad. Para los penados por delitos especialmente graves o bien para quienes por primera vez hayan cometido “una pluralidad de delitos contra la vida, la integridad física, la libertad o integridad sexual, o de terrorismo”.

» Delito continuado. Solo puede ser aplicado en casos de acciones criminales próximas en el tiempo y en el espacio.

» Supresión de las faltas. Así se reducirá el número de asuntos menores, pero aquellas acciones que merezcan un reproche penal serán consideradas delitos.

» Delitos contra la propiedad y estafas. El objetivo, según el Gobierno, es atacar la multirreincidencia y la delincuencia grave. El robo con fuerza, por ejemplo, será aplicado a quienes fuercen algo para huir con el botín. También se agravan las penas para butroneros (irrumpir en un local por un agujero) y aluniceros (rotura de las lunas de un escaparate). Recibirán más pena los estafadores que actúen en banda.

» Vandalismo callejero. Incluye una definición de “alteración del orden público” que hace referente a un grupo que realiza actos de violencia contra las personas o las cosas. Según el Gobierno, la regulación anterior “no definía bien el delito”, porque había que recurrir a yuxtaponer una serie de conductas punibles. Se agrava si los alborotadores portan armas o lanzan piedras.

» Incendios forestales. Se incrementa la pena máxima para los causantes de incendios especialmente graves o que afecten a espacios naturales protegidos.

» Secuestro. Se modifica el secuestro con desaparición de la víctima, que será penado igual que el homicidio.

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