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La Infanta no logra eludir el banquillo y será juzgada por dos delitos fiscales

La Audiencia de Baleares decide no aplicar la 'doctrina Botín' a la hermana del Rey

Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina, el pasado 11 de enero.Foto: reuters_live | Vídeo: EFE
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Cristina de Borbón, hermana del rey Felipe VI, será finalmente juzgada como cooperadora de dos delitos contra la Hacienda Pública supuestamente cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarin, pese a los esfuerzos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado para salvarla del banquillo. La Audiencia de Palma decidió este viernes mantener a la Infanta como acusada en el caso Nóos tras rechazar la aplicación de la llamada doctrina Botín del Tribunal Supremo, que impide juzgar a alguien por delito fiscal si solo actúa una acusación popular. La Casa del Rey expresó su “absoluto respeto a la independencia del Poder Judicial”.

Cristina de Borbón ocupará, a partir del próximo 9 de febrero, la silla número 18 —la última de todas— en el banquillo de los acusados del caso Nóos, la trama de desvío de fondos públicos de los Gobiernos autonómicos de Baleares y Valencia y del Ayuntamiento de Madrid en el que figura como principal imputado su esposo, Iñaki Urdangarin. En una decisión para la que no cabe recurso, las tres magistradas que componen la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma rechazaron los argumentos de la defensa de la Infanta, de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía del Estado, que el pasado 11 de enero, en el trámite de cuestiones previas, solicitaron que se la excluyera del juicio en virtud de la llamada doctrina Botín.

Esta jurisprudencia del Tribunal Supremo, aplicada por primera vez al fallecido presidente del banco Santander Emilio Botín en 2007, establece que no se puede procesar a nadie por delito fiscal solo con la acción de una acusación popular. O lo que es lo mismo: sin que acusen la Fiscalía o la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, considerada la perjudicada directa en los delitos contra la Hacienda Pública, no se puede abrir juicio por este tipo penal.

El abogado de la Infanta, Jesús María Silva, reforzado por el fiscal Pedro Horrach, y la abogada del Estado Dolores Ripoll —que dijo en aquella sesión que la frase “Hacienda somos todos” es un lema publicitario— pedían que se sacara del proceso a la Infanta. Según ellos, el sindicato Manos Limpias, el único que ejerce la acusación popular contra la hija de Juan Carlos I, no está legitimado para llevarla a juicio.

Manos Limpias pide ocho años de prisión para Cristina de Borbón, a la que considera cooperadora necesaria de los delitos fiscales supuestamente cometidos por Urdangarin en los años 2007 y 2008 a través de la mercantil Aizoon, de la que la Infanta posee el 50% de las acciones. Tanto el ministerio público como la Abogacía estatal sí actúan contra Urdangarín, a quien acusan de defraudar al fisco 182.005 euros en el primero de los ejercicios y 155.138 euros en el siguiente. El límite para que una defraudación tributaria sea considerado delito y no infracción administrativa es de 120.000 euros.

Hacienda sí somos todos

La resolución de este viernes, tan esperada como técnica, resuelve en 85 páginas todas las cuestiones previas planteadas el 11 de enero. La parte más polémica, la que afecta a la Infanta, ocupa una treintena de folios. El tribunal presidido por la magistrada Samantha Romero, en una resolución adoptada por unanimidad, ofrece varios argumentos para sostener que Manos Limpias sí está legitimado para llevar a juicio a Cristina de Borbón.

El tribunal de Palma distingue entre el caso de Botín y el de la Infanta. En el primero, ni la Fiscalía ni la Abogacía ni si quiera observaban que existiera un delito fiscal y pedían el archivo completo de la causa. En el segundo, estas acusaciones públicas sí consideran que se produjo una defraudación y solo piden el sobreseimiento parcial para la Infanta.

El tribunal rechaza la teoría expresada por la Abogacía de que el único perjudicado del delito fiscal es la Agencia Tributaria: según ellas se trata de un delito “pluriofensivo” y de “naturaleza difusa, colectiva o metaindividual”. Hacienda somos todos, en términos jurídicos.

Las magistradas sostienen también que la doctrina Botín “no halla sustento en la norma procesal penal vigente” —la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recientemente reformada—, ni tampoco encaja con “la voluntad del legislador que, de haber querido, hubiera contemplado tales limitaciones al ejercicio de la acción popular”. El tribunal también rechaza que se excluya a Manos Limpias por su supuesto afán de notoriedad, como pedía la defensa de la Infanta, y recuerda que la ley prevé “mecanismos de corrección” para evitar las acusaciones que solo buscan perturbar, entre otros, la exigencia de fianza.

El juicio se reanudará el próximo 9 de febrero. Todos los procesados deberán estar presentes durante las declaraciones de los coacusados, que se prolongarán hasta el día 27. Después podrán ausentarse hasta el trámite de última palabra, el 7 de junio.

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