Nuevo varapalo del Constitucional a Rajoy por impedir debates en las Cortes
El tribunal afirma que se "vulneró" el derecho de los diputados de la oposición
Mariano Rajoy ha recibido otro varapalo del Tribunal Constitucional. Tras considerar el pasado noviembre que el expresidente del PP incumplió la ley al gobernar diez meses sin control parlamentario, los magistrados del tribunal de garantías concluyen ahora que también se “vulneró” el derecho de los diputados con el veto que ejerció el Gobierno para impedir en el Congreso un debate sobre una proposición de ley del PSOE referida a pensiones no contributivas.
Según el alto tribunal, que ha aceptado el recurso de amparo presentado por los socialistas, se contravinieron los artículos 23.2 y 23.1 de la Constitución. "Se ha vulnerado el derecho [de los parlamentarios] a ejercer las funciones representativas" y "el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes", destaca la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC), fechada este 17 de diciembre y donde se repasa también la actuación de la Mesa del Congreso, controlada por los partidos, en este conflicto. Según los magistrados, este órgano aceptó el veto del Gobierno de Rajoy a celebrar el debate pese a que carecía de fundamento.
El Ejecutivo solo puede ejercer la facultad de veto cuando las propuestas incidan directamente en el Presupuesto. Y, para hacerlo, debe motivar "expresamente tal incidencia, precisando las concretas partidas presupuestarias que se verían afectadas", subraya el tribunal de garantías. Pero los magistrados destacan que, en el caso recurrido por los socialistas, el Gobierno no cumplió con este requisito y se limitó a presentar una argumentación donde "la causalidad entre la aprobación de la proposición de ley y su impacto presupuestario está fundada en un mero juicio hipotético".
"Es una mera posibilidad o conjetura", inciden los magistrados de la Sala Primera, que dan la razón al PSOE y aceptan la línea defendida también por la Fiscalía, que solicitó aceptar el recurso de amparo al considerar que se habían vulnerado los derechos de los diputados. "Las proposiciones de Ley promovidas por los Grupos Parlamentarios no solo son una forma —sin duda, la más señalada y expresiva— de participación de los parlamentarios en la potestad legislativa de las Cámaras. Son también un cauce instrumental al servicio de la función representativa característica de todo Parlamento", recuerda el Constitucional en su sentencia.
El origen de esta resolución del TC radica en una residencia de ancianos de Matamala de Almazán, un municipio soriano de apenas 400 habitantes. Hasta allí habían decidido irse a vivir juntas las hermanas Encarna y Julia Garijo, de 94 y 83 años. Pero la Junta de Castilla y León envió a la mayor una carta donde le notificaba que no podía seguir compartiendo domicilio con la menor si quería seguir recibiendo su pensión no contributiva de 380 euros mensuales, ya la que la Ley de la Seguridad Social contemplaba que dos personas de una misma unidad familiar que conviven en el mismo domicilio no pueden cobrar, entre las dos, más de 8.900 euros anuales de pensión.
Esta misiva supuso que Julia Garijo dejase a su hermana y volviera a vivir sola a un piso que tenía en Madrid —donde murió en enero de este año—. Ante tal situación, los socialistas decidieron entonces llevar al Congreso una proposición de ley para que la convivencia en residencias de familiares en segundo o tercer grado de consanguinidad no se considerase una "unidad económica" y, por tanto, los afectados no tuvieran que renunciar a la prestación que reciben. Pero el PP rechazó la iniciativa, impidió el debate a través de la Mesa y afirmó que esta medida implicaba "un aumento de los créditos presupuestarios".
"Este veto demuestra la utilización carente de proporcionalidad y razonabilidad que está haciendo el Ejecutivo de una facultad que la Constitución contempla para evitar que se desequilibre el presupuesto en vigor, pero no para impedir arbitrariamente la facultad de iniciativa legislativa de las Cortes", protestó el PSOE al Gobierno de Mariano Rajoy, que convirtió esta fórmula en un instrumento al que recurría habitualmente.
Acuerdos anulados
Los magistrados del Constitucional concluyen ahora que ese veto se ejerció sin "verificar adecuadamente" si esa medida implicaba un "impacto real y efectivo" sobre el presupuesto. Por ello, no solo consideran que se vulneró el derecho de los diputados, sino que también anulan los acuerdos adoptados por la Mesa del Congreso y "ordena retrotraer las actuaciones hasta el momento anterior al de su resolución para que la Mesa dicte un nuevo acuerdo sobre la solicitud presentada".
Esta resolución implica un nuevo varapalo a la actividad del Gobierno de Rajoy en la Cámara Baja, que ya sufrió un duro golpe del Constitucional el pasado noviembre, cuando los magistrados consideraron que el Ejecutivo popular había vulnerado la ley al no someterse al control de las Cortes durante los más de diez meses en los que estuvo en funciones, desde que se convocaron las elecciones de 2015 hasta que el dirigente conservador volvió a ser investido en octubre de 2016. Los ministros del PP se negaban reiteradamente a acudir al Congreso.
Un instrumento recurrente del Ejecutivo del PP
Tras perder la mayoría absoluta, el Gobierno de Rajoy convirtió los vetos en una fórmula recurrente para impedir las iniciativas legislativas de la oposición. Lo usó más de medio centenar de veces. Una actitud que provocó el rechazo del resto de partidos. Unidos Podemos ha presentado una reforma del Reglamento de la Cámara para poner fin a ese "abuso", ya que el Ejecutivo del PP afirmaba que no se podía limitar su capacidad, y que la Mesa tenga la potestad última de hacer caso omiso al veto si "considerase que la disconformidad del Gobierno no estuviese suficientemente motivada y que su admisión pudiera suponer una eventual violación de los derechos fundamentales o de la capacidad legislativa que asisten a los parlamentarios". Pero eso no le gusta al PP de Pablo Casado, que tras los varapalos del alto tribunal, ya ha asumido que solo cabe usar el veto ante desviaciones del Presupuestos vigente, pero ha presentado una enmienda a la propuesta de Podemos para que la capacidad de la Mesa sea limitada y solo pueda rechazarlo cuando no se concrete cómo afecta a los presupuestos.
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